Río Negro - Elecciones 2011
Autos y
Vistos: estos caratulados “Alianza Concertación para el Desarrollo s/
Oficialización de Listas de Candidatos (25/9/2011)” (Expte. n°
222/2011/TEP), y
Considerando:
----------Que por Resolución n° 100/2011 el Tribunal
Electoral oficializó lista de candidatos a cargos electivos provinciales y
municipales para los comicios que se llevarán a cabo el 25/9/2011 (Resolución
de fs. 5075/5085) difiriendo la oficialización de los candidatos a cargos
electivos para el municipio de Viedma hasta tanto se resolvieran en definitiva
los dos planteos de oposición pendientes formulados en relación a la
candidatura a Intendente Municipal del Sr. Jorge Ferreira.
---------Que en relación al primero de ellos, en fecha 2/9/2011 el Superior Tribunal de Justicia por
Sentencia n° 78 resolvió habilitar al Sr. Jorge Ferreira para postularse como
candidato a Intendente Municipal de Viedma, la que fue notificada a las partes
en fecha 2/9/2011 (Conf. Incidente de Impugnación de candidatura en autos
Alianza Concertación para el Desarrollo s/ Oficialización de listas de
candidatos s/ Apelación –Expte. n° 25.467/2011/STJ-) remitiéndose los autos a
esta dependencia en fecha 5/9/2011.-
---------Que en relación al segundo, el Superior
Tribunal de Justicia, en fecha 5/9/2011 resolvió remitir “brevitatis causae” a
la Sentencia n° 78 por la cual se había resuelto habilitar al Sr. Jorge
Ferreira para postularse como candidato a Intendente Municipal de Viedma, la
que fue notificada a las partes en fecha 6/9/2011 (Conf. Incidente de
Impugnación en autos Alianza Concertación para el Desarrollo s/ Oficialización
de listas de candidatos s/ Apelación –Expte. n° 25.500/2011/STJ-) remitiéndose
los autos a esta dependencia en fecha en
fecha 7/9/2011.-
----------Que analizadas las calidades de los
candidatos, los mismos reúnen los requisitos exigidos por la ley para acceder a
las respectivas postulaciones.
----------Que en relación a lo dispuesto por el art.
148 de la ley O 2431, resulta necesario proceder a la sustitución de los
candidatos a concejales suplentes, Liliana Esther
Calfupán y Víctor Manuel Aguilar, a fin
de adecuar sus postulaciones a la norma legal citada y no resulta posible
acceder a la oficialización del candidato a concejal suplente n° 9, Sergio Omar Santiñaque, por exceder el cupo
de la participación equivalente de géneros dispuesta por el referido
dispositivo; y en el mismo sentido y por la misma razón respecto del candidato
a Miembro Suplente del Tribunal de Cuentas n° 3, Raúl Oscar Calfupán.
----------Que finalmente, el apoderado
partidario solicita se lo autorice para que en las boletas de sufragio los
candidatos que cuenten con más de dos nombres o nombres y apellidos de
extensión tal que dificulten su incorporación en el texto de la boleta se
puedan consignar sólo con el primer nombre o la inicial del segundo o tercer
nombre (escrito de fs. 5086), a lo que corresponde acceder atento que ello no
producirá confusión en el electorado (conf. art. 147 ley O 2431).
Por
ello y reuniendo los restantes candidatos las condiciones propias de los cargos
para los que se postulan, y no estando comprendidos en alguna de las
inhabilidades legales (conf. Declaraciones Juradas suscriptas que obran en
autos), de conformidad con los arts. 147, 149, 150, 151, 152 y cctes. de la ley
O 2431,
El Tribunal
Electoral Provincial
Resuelve:
Primero: Oficializar la lista de candidatos a cargos públicos
electivos del municipio de Viedma de la Alianza Concertación para el
Desarrollo para los comicios municipales
convocados por la referida localidad, a llevarse a cabo el 25/9/2011 que a
continuación se detalla:
Cargo
Clase Documento
Tipo
y Número
VIEDMA
Intendente Municipal
Jorge Carlos Ferreira 1955 DNI 11.499.488
Concejales
Titulares
1) José Luis Foulkes
1958 DNI
13.012.343
2) Patricia Susana Antonio
DNI 12.834.719
3) Federico Gustavo Díaz
1984 DNI 31.162.859
4) Laura Isabel Ramos
DNI
18.305.634
5) Oscar Guenomil
1969 DNI
20.750.393
6) Ángela del Valle Nieva
DNI
11.467.812
7) Valeriano Pereyra
1966 DNI
17.473.280
8) Graciela Vanesa Cristaldo
DNI
28.785.363
9) Mario Gustavo Riquelme
1979 DNI 27.292.181
Suplentes
1) Andrea Lorena Rodríguez
DNI
25.047.098
2) Germán Alberto Rojas
1972 DNI 22.868.951
3) Mariela Beatriz Pascal
DNI
20.166.096
4) Omar Darío Linares
1962 DNI 14.979.718
5) Ana María Furtado
DNI
10.410.327
6) Ángel José Derudi
1954 DNI 10.477.249
7) Liliana Esther Calfupan
DNI 22.730.729
8) Víctor Manuel Aguilar
1982 DNI 29.856.888
Tribunal de Cuentas
Titulares
1) Patricia Mónica Sarracini
DNI
16.590.178
2) Mario Roberto Moron
1955 DNI
10.994.893
3) Alejandro Gabriel Assis
1978 DNI
27.031.850
Suplentes
1) Nicolás Rubén Folino
1978 DNI 27.015.096
2) María De las Mercedes
Fluriach
DNI
11.450.366
Segundo: Autorizar para que en la boleta de sufragio los
candidatos que cuenten con más de dos nombres o
nombres y apellidos de extensión tal que dificulten su incorporación en el
texto de la boleta, se consignen sólo
con el primer nombre o la inicial del segundo o tercer nombre; asimismo,
autorizar para que los candidatos que a continuación se consignan
figuren de la siguiente forma:
Patricia Susana Antonio como Patricia Antonio “Paty Pocai”.
Omar Darío Linares como Omar “Negro” LINARES
Tercero: Regístrese, protocolícese y notifíquese.
Fdo: Juan Pablo. Videla. Presidente
Gustavo Alberto Azpeitía. Juez
Ernesto J.F. Rodríguez. Juez
Ante mi: Ana María Brunello. Secretaria
Electoral. Tribunal Electoral Provincial
Sentencia n° 117/2011/TEP
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