Río Negro - Elecciones 2011
Autos y Vistos: estos caratulados “Unión Ciudadana por Viedma s/Oficialización lista de candidatos (25/9/2011)” (Expte. n° 223/2011/TEP), y
Considerando:
Que el apoderado del Partido Unión Ciudadana por Viedma solicita la Oficialización de la lista de candidatos para compulsar en los comicios municipales convocados para el 25/9/2011 para la referida localidad, acompañando documental (escrito de fs. 161 y dtal de fs. 1/160).
Que de la presentación efectuada se corrió vista a los apoderados de los partidos políticos reconocidos en la jurisdicción electoral de que se trata por el término de 48 horas para que formulen oposición (conforme providencia de fs. 132 y cédulas de fs. 134/162 de autos “Tribunal Electoral Provincial s/ Elecciones 2011” (Expte. n° 147/2011/TEP), y vencido dicho término no se produjeron objeciones a los postulantes presentados en estas actuaciones según certificación actuarial de fs. 198.
Que con la documental acompañada antes mencionada y con la aportada con posterioridad (escritos de fs. 180 y 196 y dtal. de fs. 162/179 y 186/195) se subsanaron algunas de las observaciones formuladas por el Tribunal (ver providencia de fs. 184 e informe actuarial de fs. 182/183), respecto de las calidades de los candidatos.
Que por escrito de fs. 197 el apoderado partidario desistió de la postulación de los candidatos a Miembro del Tribunal de Cuentas n° 2 titular, Claudia Andrea Fraile y n° 3 suplente, Lorena Fabiana Ortega, produciéndose los corrimientos necesarios a fin de ocupar las vacantes respectivas. Y entonces no resulta posible oficializar al candidato a Miembro del Tribunal de Cuentas suplente Gustavo Luis Martínez por exceder el cupo permitido por el art. 148 de la ley O 2431 respecto de la participación equivalente de géneros.
Que a fs. 189/190 obra documental que acredita la realización de un acuerdo de adhesión del partido a la candidatura a Intendente Municipal que postula el Partido Provincial Rionegrino, con la finalidad de que se oficialice el candidato dentro del partido Unión Ciudadana por Viedma, para que al momento del cómputo final del escrutinio definitivo se proceda a la sumatoria de los votos obtenidos por cada una de las agrupaciones políticas, acompañándose también planilla de aceptación de candidatura, declaración jurada y plataforma electoral del candidato Mario Luis De Rege.
Que atento ello, corresponde pronunciarse respecto de la categoría de Intendente Municipal de Viedma que resulta compartida con el candidato del Partido Provincial Rionegrino y en tal sentido, siguiendo el criterio sustentado en pronunciamientos anteriores (Resol. n° 59/2003/TEP y Resol. n° 20/2007/TEP), corresponde hacer lugar a la petición formulada, toda vez que, no habiendo prohibición expresa en la normativa electoral aplicable respecto de que dos ó más partidos oficialicen una misma y única lista de candidatos, y que los guarismos que cada una de las listas obtengan se acumulen y habiendo sido el candidato registrado en debido término, mediando consentimiento del partido que lo presentó y del candidato en cuestión, no existe óbice para que pueda ser registrado como candidato de otra agrupación política, privilegiando un criterio interpretativo amplio pero resguardando los principios de igualdad y participación de todas las fuerzas políticas en los actos comiciales.
Por ello y reuniendo los restantes candidatos las condiciones propias de los cargos para los que se postulan, y no estando comprendidos en alguna de las inhabilidades legales (conf. Declaraciones Juradas suscriptas que obran en autos), de conformidad con los arts. 147, 149, 150, 151, 152 y cctes. de la ley O 2431,
El Tribunal Electoral Provincial
Resuelve:
Primero: Oficializar la lista de candidatos a cargos públicos electivos municipales del partido Unión Ciudadana por Viedma para los comicios de Viedma a llevarse a cabo el 25/9/2011 que a continuación se detalla:
Intendente Municipal
Mario Luis DE REGE 1960 DNI 13.823.955
Concejales
Titulares
1) Aldo Roberto MARTÍNEZ 1940 DNI M7.393.794
2) María Pía VIDUSSI DNI 27.624.888
3) Hector Alberto PEREYRA 1953 DNI 10.259.667
4) Mirna Selene PELUFFO PEREZ DNI 31.359.393
5) Miguel Angel GATICA 1957 DNI 13.467.069
6) Margarita del Transito SEPULVEDA DNI 10.388.240
7) José Luis SCAGLIA 1942 LE 4.399.746
8) Maria Andrea HENRIQUEZ, DNI 26.143.287
9) Mauro Jose Francisco RIOS 1974 DNI 23.638.986
Suplentes
1) María Cecilia MARTINEZ DNI 28.119.724
2) José Eusebio RÍOS 1947 LE 8.212.445
3) MarIa Alicia BERG DNI 12.382.745
4) Gabriel Alberto PRIOLI 1978 DNI 26.561.489
5) Liliana Beatriz COSTA DNI 10.994.671
6) Néstor Marcelo INDA 1970 DNI 21.618.104
7) AnalIa Rosana MILLAN DNI 29.387.891
8) Ruben Alberto TELLERIA 1964 DNI 16.995.726
9) Mariel Carla FREGO DNI 37.212.848
Tribunal de Cuentas
Titulares
1) Carlos Nicolas ELOSEGUI 1973 DNI 23.270.422
2) Margarita Yolanda CIDES DNI 10.477.282
3) Mario Adolfo DELGADO AGÜERO 1959 DNI 18.644.354
Segundo: Autorizar la sumatoria de votos que obtengan el partido Unión Ciudadana por Viedma y el Partido Provincial Rionegrino en la postulación a Intendente Municipal de Viedma por haberse oficializado idéntica candidatura para ambos partidos en la referida categoría.
Tercero: Regístrese, protocolícese y notifíquese.
Fdo: Juan Pablo Videla. Presidente
Gustavo Alberto Azpeitía. Juez.
Ernesto J. F. Rodríguez. Juez.
Ante mí: Ana María Brunello. Secretaria Electoral. Tribunal Electoral Provincial.
Sentencia n° 111/2011/TEP.
Poder Judicial de Río Negro