Nov 26, 2024 Última actualización 12:03 PM, Mar 9, 2023

En el marco de la sumatoria de servicios durante la pandemia, el Poder Judicial gestionó con diferentes instituciones la tramitación digital de oficios por parte de organismos judiciales, abogadas y abogados.

Actualmente se pueden tramitar con el Anses y los bancos Patagonia y Galicia, y recientemente se sumó el banco Macro.

Cada uno de ellos tiene una modalidad para su recepción distinta, por lo que el área de Informatización de la Gestión Judicial realizó instructivos. A medida que otras instituciones confirmen su metodología, se agregarán al sistema.

En todos los casos primero el profesional hace el oficio en PDF y lo presenta en el expediente correspondiente en la Mesa de Entradas de Escritos Digitales (MEED).

El organismo evalúa el oficio. Si está correcto, es firmado digitalmente por la persona responsable. Caso contrario, se aplica la opción “Desglose”.

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El Poder Judicial desarrolló un programa informático para el manejo del Registro de Peritas y Peritos Judiciales de la Provincia de Río Negro que comenzará a regir el 18 de agosto de 2020. La inscripción al nuevo sistema se iniciará el 22 de junio.
Una vez que se implemente, será el único registro vigente y caducarán todas las matrículas previas. Es imprescindible que las y los interesados en continuar inscriptos o quienes recién se incorporan se inscriban en el nuevo sistema.
La Acordada aprobada por el Superior Tribunal de Justicia explica que “la nueva modalidad del Registro se implementó a través de un desarrollo del Área de Informatización de la Gestión Judicial en el marco del proceso de modernización y adecuación de nuevos modelos de gestión y gobierno abierto”.

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La resolución de una acción de amparo que tramitó en el fuero Civil de Cipolletti dispuso la inmediata provisión de un medicamento para un paciente que necesita colocarse una inyección cada 15 días. El reclamo se realizó mediante la plataforma digital MEED que aprobó el Superior Tribunal de Justicia (STJ) en el contexto de la pandemia Covid-19.

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Un trabajador de Cipolletti que realiza tareas en un predio del Parque Industrial fue despedido el 24 de abril, en plena pandemia. El argumento utilizado por la empresa fue que había concluido el periodo de prueba y que por ello prescindirían de sus servicios. Un fallo laboral ordenó la restitución inmediata y el pago del salario durante el periodo de inactividad.

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Una firma comercial deberá indemnizar a un vecino de Bariloche y afrontar las costas del juicio por los daños y perjuicios que ocasionara la inclusión de sus datos personales de manera errónea en el registro de deudores durante varios años. Previo a esta sentencia se tramitó un habeas data, a fin de que cesara la publicación de los datos personales que lo indicaban como deudor de una transacción inexistente.

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Un ciudadano de Cinco Saltos que había contratado una alarma domiciliaria consiguió, por medio de una conciliación virtual, que la empresa le devolviera el dinero abonado. El servicio nunca fue instalado y por eso el cliente promovió una demanda por menor cuantía en el Juzgado de Paz. Las partes utilizaron la plataforma MEED, aprobada por el Superior Tribunal de Justicia (STJ) en el contexto de pandemia, y con ese método arribaron a un acuerdo.

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Dos obras sociales, en forma solidaria, deberán proveer a la familia de un niño con discapacidad los insumos que fueran requeridos por su médico y que resultan indispensables para su tratamiento y calidad de vida.

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Un paciente de Cipolletti que padece una enfermedad en el sistema nervioso central solicitó la intervención judicial por falta de cobertura. El año pasado, su prepaga le comunicó la rescisión del contrato de afiliación, aunque con posterioridad le siguió enviando facturas e informándole los aumentos. Necesitaba medicación con suma urgencia y una medida cautelar ordenó su inmediata provisión.

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La Escuela de Capacitación Judicial invita a participar del tercer encuentro del ciclo “Derecho y Pandemia”, con modalidad virtual. En esta oportunidad la charla versará sobre los “Derechos del Consumidor y Emergencia Sanitaria: enfoque constitucional y contractual”, y estará a cargo de los Dres. Carlos Tambussi y Walter Krieger.

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Una empresa comercializadora de electrodomésticos deberá resarcir a un cliente de Viedma que compró un celular, contrató en la misma firma una extensión de garantía y luego no obtuvo respuestas cuando el aparato dejó de funcionar.
Además de reponer el valor del celular, la casa de electrodomésticos deberá pagar un monto extra que casi triplica el costo actual del teléfono móvil, en concepto de daños por las molestias y la atención inadecuada a sus reclamos.
El hombre compró un equipo LG Black Blue-Open y contrató una extensión de garantía por un año. A los pocos meses, el equipo se apagó y no volvió a encender, por lo que se acercó al comercio a fin de que lo reparen.
Allí le informaron que debía comunicarse con un teléfono de atención al cliente del fabricante. Finalmente lo envió por correo al servicio técnico indicado. Luego se dirigió en diversas ocasiones a Naldo Lombardi para consultar por la reparación, sin obtener respuestas satisfactorias. El teléfono nunca regresó de Bahía Blanca, donde está el centro de reparaciones.

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