Sep 12, 2024 Última actualización 12:03 PM, Mar 9, 2023

Las profesionales que integran los Equipos Técnicos Interdisciplinarios de los Juzgados de Familia de toda la provincia participaron de una jornada de trabajo el jueves en Cipolletti. La actividad estuvo organizada por el Centro de Planificación Estratégica que depende del Superior Tribunal de Justicia (STJ).

La Unidad de Planificación de los ETI es coordinada por las juezas del STJ Liliana Piccinini y Adriana Zaratiegui.

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Una joven mujer se quitó la vida en una comisaría de Roca y el Estado Provincial fue condenado a indemnizar a su padre y a su hija. La deficiente requisa previa al ingreso al calabozo, el accionar policial insuficiente ante la alteración nerviosa que presentaba la mujer y la posterior falta de vigilancia en la celda fueron aportes esenciales para el trágico desenlace: la joven se ahorcó con el cordón de una de sus zapatillas.

La mujer había sido arrestada en la Comisaría Tercera por un presunto intento de estafa en un céntrico comercio de Roca. Por su muerte se inició en 2009 una causa penal en la que se verificaron los errores cometidos en la Comisaría. Los hechos acreditados en aquel expediente fueron parte de la demanda por daños y perjuicios que iniciaron, años después, los familiares de la víctima ante el Juzgado Civil N° 5 de Roca.

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Un fallo del fuero Civil de Cipolletti rechazó la demanda de un chacarero que sorprendió a un automovilista en un camino rural en la zona de Villa Manzano. El hombre aseguró que había sido atropellado pero el muchacho que iba en el coche probó que fue atacado de manera intempestiva en medio de la noche.

El chacarero consignó que estaba en su casa cuando advirtió la presencia, en las inmediaciones, de un auto Renault Megane. Alertado por otros antecedentes de inseguridad salió al cruce de ese coche, que se encontraba en una calle rural sin salida.

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Luego de seis horas de deliberación, 12 ciudadanas y ciudadanos que conformaron el primer jurado popular en la historia de Río Negro dieron a conocer su veredicto: por unanimidad, fue declarada no culpable la imputada. De esta manera, Marta Dina Valle fue inmediatamente puesta en libertad. Había sido acusada de matar a su pareja.

Bariloche fue la sede del primer juicio de estas características. Se trata de un paso más en el camino iniciado con la Reforma Procesal Penal, que implicó mayor celeridad, publicidad y transparencia en los procedimientos.

Tras la lectura del veredicto por parte del presidente del jurado, el juez Marcos Burgos les agradeció “en nombre del Pueblo y también de las partes involucradas en este juicio, por el servicio público inestimable que han prestado”.

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Un hombre que cumplía servicios para la Empresa Aguas Rionegrinas S.A. en la categoría de mantenimiento, mientras realizaba su tarea, se cayó de espaldas en un filtro de 2 metros de profundidad (que se asimila a una pileta) , lo que le provocó un traumatismo cervical y dorsal.

Oportunamente la aseguradora le brindó tratamiento médico complementario (Rayos x y kinesiologia) y más tarde le otorgó el alta. Según lo manifestado por el trabajador en la demanda, el alta resultó temprana por mas lesiones que padeció.

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Un fallo del fuero Civil de Cipolletti responsabilizó al conductor de un Ford Fiesta Kinetic por el incidente vial que tuvo como damnificado a un motociclista. Ocurrió en la esquina de Juan José Paso y Castello, en el barrio Del Trabajo. El joven que iba en la moto tenía la prioridad de paso por la derecha y el coche no la respetó. La indemnización supera los 800 mil pesos.

La sentencia es del Juzgado Civil N°9 y aún no está firme porque puede ser apelada. Surge del expediente que el damnificado, de 21 años, iba en una moto Honda 150 cc con una adolescente. Como consecuencia del impacto resultó despedido por el aire, fue atendido de urgencia y luego de las radiografías se determinó que había sufrido una fractura de muñeca izquierda con leve desplazamiento de los fragmentos óseos y compromiso interarticular. También una ruptura completa del ligamento cruzado posterior de la rodilla izquierda con lesión de menisco externo y trazo de fractura oculto de cóndilo femoral externo. La pericia determinó una incapacidad del 24,87%.

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Para connmemorar el "Día Internacional de la mujer trabajadora", diversas instituciones organizaron una serie de actividades. 
 
La Oficina de Derechos Humanos y Género del Poder Judicial, junto al Ministerio Público, la Legislatura de Río Negro, la Secretaría de Igualdad de Géneros, el Concejo Deliberante de Viedma y la Universidad Nacional de Río Negro invitan a participar.
Las actividades comienzan con la Muestra Fotográfica intinerante "Derechos Humanos, Diversidad, Infancias Trans" el 9 de marzo a las 10 en el Hall de entrada Poder Judicial de Río Negro (Laprida 292). 
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La tercera jornada del juicio por jurados en la que se juzga un caso de  homicidio agravado,  concluyó con la declaración de la única imputada, Marta Dina Valle.
 
La escucharon los  12 integrantes del jurado, los fiscales Lozada y Cendón, su defensor, Hugo Cancino y el juez Marcos Burgos. Valle está imputada del homicidio agravado de quien fuera su pareja,  Fernando Esteban  Huenuqueo,  en inmediaciones de una vivienda ubicada en la calle Namuncurá al 1300 de esta ciudad.
Luego de efectuar un relato pormenorizado de la relación que mantuvo con la víctima y brindar  su versión de lo ocurrido en  la madrugada del 23 de Junio de 2019, fecha en la que está fijado el hecho,  la mujer contestó preguntas de los fiscales y de su propio defensor.
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El Tribunal de Impugnación confirmó la condena de 10 años de prisión que los jueces penales de Roca habían impuesto al autor de graves delitos contra la integridad sexual de una niña.

En octubre pasado los jueces Daniel Tobares, María Evelina García y Alejandro Pellizzón condenaron al imputado G.D.C., de ocupación transportista, como “autor de los delitos de abuso sexual con acceso carnal agravado por ser encargado de la guarda -reiterado-, en concurso real con abuso sexual gravemente ultrajante agravado por ser encargado de la guarda, todo en concurso ideal con corrupción de menores doblemente agravada por ser encargado de la guarda y ser la víctima menor de trece años”.

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Un cliente de una entidad bancaria promovió una demanda ya que por una información errónea figuraba con una calificación negativa en la base de datos y eso le impidió tomar un crédito. Ahora tendrán que indemnizarlo por la suma de 8 mil pesos en concepto de daño moral y daño punitivo. El caso ocurrió en Cipolletti.

La situación crediticia ante el Banco Central de la República Argentina (BCRA) era la de “seguimiento especial riesgo bajo” y eso se debía a un estado de mora inexistente, según probó el cliente. El hombre adujo que posee cuentas sueldo ante en el Banco Patagonia y que está adherido al debito automático. En consecuencia “cada vez que se le acredita el salario es el mismo banco el que le hace el descuento automático”. Por ello aseguró que era improbable atrasarse en sus pagos.

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