Sep 11, 2024 Última actualización 12:03 PM, Mar 9, 2023
El martes 21 a las 8.30 hs en la Sala 2 del edificio de España N° 742 se conocerá el veredicto en el juicio por incumplimiento de los deberes de funcionario público que tiene imputado al médico Leandro Rodríguez Lastra.

Los alegatos de la fiscalía y defensa concluyeron hoy, luego de tres jornadas de debate en las que el juez Álvaro Meynet escuchó a más de 20 testigos. 

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El V Congreso Nacional de Justicia de la Nación, organizado por el Foro Patagónico de Tribunales Superiores de Justicia y que se desarrolla en Villa la Angostura, anticipará su cierre, previsto para mañana a la tarde, debido a que el juez de la Cortes Suprema de Justicia de la Nación, Horario Rosatti, debió viajar de manera urgente a CABA para mantener una reunión con sus pares del más alto Tribunal argentino.

Inicialmente, estaba previsto que Horacio Rosatti cierre el congreso mañana viernes a las 18 horas. Sin embargo, esta reunión urgente obligó a reprogramar la clausura. El V Congreso Internacional de Juicio por Jurados, Sistema Acusatorio y Actualidad Procesal se abrió hoy.

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Representantes de la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (Coneau) y de la UNRN recorrieron en Viedma el Centro de Documentación Jurídica del Poder Judicial, en el marco de un convenio firmado por el Superior Tribunal de Justicia y la casa de altos estudios para complementar el trabajo de las bibliotecas de ambas instituciones.

La CONEAU es un organismo descentralizado que funciona en jurisdicción del Ministerio de Educación de la Nación y realizó una visita de relevamiento a la biblioteca como parte de los requerimientos de acreditación.  

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Sesionó en Bariloche el Consejo de la Magistratura (CM) y designó a Nelson Vigueras como defensor penal. El encuentro fue encabezado por la presidenta del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ), Adriana Zaratiegui, y contó como consejeros al Fiscal General Fabricio Brogna, los legisladores Leandro Lescano, Alejandro Ramos Mejía y Tania Lastra. Por el Colegio de Abogados, integraron Juan Garrafa. Alejandro Gattoni y María Olmedo Murúa.

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Con el objetivo de intercambiar experiencias y saberes, se llevó a cabo el primer taller sobre adopción coordinado por los integrantes del Equipo Técnico Interdisciplinario del juzgado de Familia de Luis Beltrán: la licenciada en psicopedagogía Laura Bustos -quien colaboró como moderadora-, el licenciado en psicología Agustín Sordo y el licenciado asistente social especialista en trabajo social forense Rubén Delgado.

Del encuentro, realizado en la sala de audiencias del Superior Tribunal de Justicia de Choele Choel, participaron la jueza de Familia Marisa Calvo, titular del organismo; el responsable del Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos (Ruagfa) de la Segunda Circunscripción, Gabriel Mozzoni; funcionarios judiciales de otras dependencias e integrantes de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (Senaf).

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Se realizará el Taller “Fomentando la diversidad y la inclusión, recomendaciones para el buen trato” en distintas ciudades de la provincia, organizado de manera conjunta por la Oficina de Género y la Escuela de Capacitación Judicial, como parte de su planificación anual de formación.

Será dictado en San Carlos de Bariloche el 20 y 21 de mayo; en Cipolletti el 22 de mayo; en General Roca el 23 de mayo; en San Antonio Oeste el 3 de julio y en Río Colorado el 4 de julio.

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El Superior Tribunal de Justicia (STJ), como cuerpo, confirmó una sentencia de amparo que oportunamente había dictado el vocal Sergio Barotto en el caso de la urbanización por fuera de las normas de los terrenos ubicados en el kilómetro 9 de la ruta provincial 1 en Viedma, camino a El Cóndor.

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La jueza Daniela Zágari encabezó una audiencia de pedido de Juicio Abreviado para un caso de grooming. Un hombre de 45 años, que se dedica a la operación y locución radial, llegó a esta instancia acusado de acosar a una una adolescente de 16 años por mensajes de texto.

En la audiencia, la Fiscalía estuvo representada por Juan Pedro Puntel y la Defensa por Graciela Carriqueo. Se propuso un juicio abreviado, con acuerdo de partes, con una condena de seis meses de prisión en suspenso y dos años de pautas de conductas para el imputado.

Entre las pautas de conducta se encuentran no acercarse a la víctima ni a la madre, fijación de un domicilio y realizar un tratamiento psicológico, todo supervisado por el Instituto de Presos y Liberados (IAPL).

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El juez en lo Civil Comercial y de Minería, Cristian Tau Anzoátegui condenó, en el marco de un juicio por Daños y Perjuicios, a Juan Carlos Galeani, argentino, mayor de edad y en forma concurrente a la aseguradora Federación Patronal Seguros, a indemnizar a familiares de un vecino de esta ciudad que perdiera la vida luego de ser embestido por un automóvil que conducía el nombrado,en la zona del kilometro 18, 700 de la avenida Bustillo. Cabe señalar que en sede penal el conductor del vehículo fue condenado como autor de homicidio culposo . El hecho que dio inicio a estas actuaciones ocurrió el 15 de marzo de 2014 a las 16,00 horas, oportunidad en que la víctima se encontraba en la avenida Bustillo a la altura del Km. 18,700 y se desplazaba en dirección oeste-este a bordo de una bicicleta marca Kuota Kalibur y en compañía de amigos. En la oportunidad resultó embestido por el vehículo marca Volkswagen modelo Bora de propiedad y conducido en ese momento por  Galeani quien circulaba en el mismo sentido, a una velocidad de 134,5 km/h. Es así que perdió el control de su vehículo y embistió al ciclista Pablo Ramos, causando su muerte .En la zona donde ocurrió el siniestro existen curvas y contra curvas y la velocidad máxima permitida es de 60 km/h. El siniestro ocurrió como causa de la negligencia e impericia del conductor que circulaba con exceso de velocidad, situación que lo hizo ingresar a la banquina del carril por el que circulaba en una curva perdiendo el control e invadiendo el carril opuesto -sector izquierdo de la calzada-. Luego, tras procurar enderezar la dirección del rodado, giró hacia la derecha nuevamente colocándose de costado y, antes de ingresar a la banquina derecha, impactó con el ciclista , quien fue despedido por encima del capot, impactando contra el parabrisas y siendo impulsado hasta quedar tendido sobre la banquina.

En los fundamentos del fallo, se ha mencionado que "... todo automotor en tránsito es una cosa riesgosa que crea una responsabilidad objetiva del dueño y del guardián, quienes sólo pueden eximirse total o parcialmente probando la culpa de la víctima, o de un tercero por quien no debe responder o la ocurrencia de un hecho fortuito, o la intervención de una fuerza mayor .

Se ha destacado también que de la causa penal recibida como prueba, se acreditó que el demandado fue declarado autor penalmente responsable del delito de homicidio culposo gravado por la conducción imprudente y antirreglamentaria de un vehículo automotor y se lo condenó a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional y siete de inhabilitación especial para conducir vehículos automotores. Dicha condena penal, menciona el fallo, hace cosa juzgada en sede civil sobre el hecho principal y la culpa del demandado, conforme lo dispone el art. 1102 del Código Civil, pero no comprende las cuestiones relativas a la concurrencia culposa de la víctima o de un tercero, la magnitud del daño sufrido y la relación de causalidad entre el hecho y el daño, que si pueden ser evaluadas por el juez civil. En este sentido, se ha dicho que una eventual concurrencia de culpas, la extensión del daño, la factibilidad y medida de una posible reparación, resultan ser tópicos susceptibles de ser ventilados en sede civil al momento de procurar obtener una indemnización pecuniaria. Sin embargo, en este caso, los demandados no probaron en esta causa, la culpa concurrente de la víctima o de un tercero por quien no debe responder, o la ocurrencia de un hecho fortuito, o la intervención de una fuerza mayor, por ello  Galeani debe responder como dueño del automotor al momento del accidente . En tanto Federación Patronal de Seguros S.A. debe responder como aseguradora de responsabilidad civil del automotor en la medida del seguro, es decir, con los límites máximos de cobertura previstos en el contrato de seguro .Ambos, el conductor del vehículo y la aseguradora, son responsables concurrentes ya que cada uno responde por vínculos distintos .

La indemnización ha incluido el daño patrimonial y extra patrimonial. Se han valorado los daños materiales y los daños psicológicos sufridos por los familiares de la víctima. Con respecto al denominado valor vida , se ha dicho que "..la vida humana no tiene un valor económico por sí; lo que se indemniza no es la vida perdida, sino las consecuencias patrimoniales -materiales- o extra patrimoniales -morales- que la muerte causa a terceros.

 

Comunicación Judicial

Tercera Circunscripción

 

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El Juez de Ejecución de Roca Juan Pablo Chirinos rechazó este martes un nuevo pedido de salidas transitorias formulado por la defensa de Claudio Kielmasz, el hombre que cumple una condena de prisión perpetua por su participación en el triple homicidio ocurrido en Cipolletti en 1997.

El magistrado basó su decisión en un informe desfavorable del área criminológica del Establecimiento Penal de Santa Rosa, La Pampa, realizado en octubre de 2018, que desaconsejaba el otorgamiento de las salidas transitorias.

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