Sep 11, 2024 Última actualización 12:03 PM, Mar 9, 2023

Desde el 1 de diciembre, cuando empezó a regir la obligatoriedad del sistema de conciliación laboral, se registraron 69 legajos en los dos ámbitos habilitados para la resolución del conflicto: el Centro Judicial de Mediación de Cipolletti y la Secretaria de Estado de Trabajo.

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10.063 audiencias penales se desarrollaron en los últimos 12 meses en la provincia de Río Negro, según las estadísticas anuales de la Dirección General de Oficinas Judiciales del Superior Tribunal de Justicia.

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Las audiencias penales por delitos contra la integridad sexual constituyeron el 16,2 por ciento del total de legajos ingresados el último año, de acuerdo a las estadísticas proporcionadas por la Dirección de Oficinas Judiciales, dependiente del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro.

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Durante la mañana de hoy se llevan a cabo 6 audiencias en el Tribunal Electoral Provincial para el reconocimiento de sendos partidos políticos.

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Como parte del plan de reestructuración edilicia que se está llevando adelante en la Cuarta Circunscripción, el Poder Judicial en Cipolletti avanzará durante el receso de enero con seis obras que fueron licitadas.

Recientemente, los obreros de “MR Servicios”, la empresa que ganó la licitación, colocaron el techo y la tabiquería de construcción en seco en las oficinas destinadas al Consejo de la Magistratura, a la Gerencia Administrativa y al Superior Tribunal de Justicia en la ciudad de Cipolletti.

Las tareas se desarrollan en la parte superior del edificio del Juzgado de Paz de calle Sarmiento 360, por lo que las labores deben congeniarse con el funcionamiento diario del organismo. Es por eso que se aprovechará el receso de enero, momento en que disminuye la actividad, para adelantar la mayor cantidad de trabajo posible. Se estima que ese edificio estará culminando en su totalidad a mediados de abril.

El proyecto comprende una superficie cubierta de 220 metros cuadrados. Además se proveerá al inmueble de un ascensor tipo hidráulico puesto que las oficinas formarán parte del primer piso.

En el inmueble de Urquiza y España, donde funciona el fuero Penal, la empresa “Las Dos A” ya comenzó las tareas para la construcción de un sobretecho en el edificio, que está siendo sometido a algunas refacciones luego de la implementación de la Reforma Procesal y de cara al Juicio por Jurados con vigencia desde el 1 de marzo de 2019.

En tanto la obra para la sala de Juicio por Jurados se encuentra en proceso de licitación, puntualmente analizando las ofertas que hicieron las empresas.

En el mismo edificio penal también se van a realizar algunas reformas en el estacionamiento que está sobre la calle España. Esa obra tiene fecha de inicio el 2 de enero.

El otro proceso de licitación que se encuentra avanzado es el de la refuncionalización del fuero Civil.

Recientemente, el Poder Judicial, también por licitación, alquiló un inmueble en la calle Yrigoyen 387. En función de ese nuevo espacio se abandonarán dos edificios alquilados y los organismos se mudarán a éste que es más moderno, con menos costos de mantenimiento y accesible puesto que contará con dos ascensores. La decisión implica una mejora en las instalaciones para los ciudadanos que transitan los distintos fueros y en las condiciones de trabajo de empleados y funcionarios.

Allí funcionarán, en el primer piso, los Juzgados Civiles Nº 1, 3 y 9. Y en el segundo piso la Cámara de Apelaciones en lo Civil y la Cámara del Trabajo. La planta baja está reservada para la Escuela de Capacitación, el Archivo y el área de Informática (CIO). Como el edificio será sometido a algunas readecuaciones se abrió un nuevo proceso de licitación en el que ya están presentadas las ofertas.

También comenzará ejecutarse la obra para la puesta en valor del edificio de Roca y Sarmiento, que es un inmueble propio. La empresa que ganó la licitación es “Brick SRL”.

La primera etapa de la intervención consiste en la readecuación del acceso, la instalación de un nuevo sistema de iluminación exterior, repintado general y colocación de pintura anti graffitti, y reemplazo del sistema de parasoles. En cuanto a la refacción de acceso, se plantea un sector de acceso de mayor jerarquía, con revestimientos de granito y gramito fiamantado, resolviendo en la intervención la accesibilidad requerida por ley. Sobre el sistema de iluminación, se prevé la instalación de un nuevo sistema de luminarias, que no solo ofrezcan una mejora estética, si no que brinden mayor seguridad para horas nocturnas.

Está prevista una segunda etapa que propondrá una readecuación interior integral por sectores.

Todos los proyectos estuvieron a cargo del Área de Infraestructura y Arquitectura Judicial.

 

 

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El Tribunal integrado por los Jueces Héctor Leguizamón Pondal, Romina Martini y Ricardo Calcagno, por mayoría, consideró responsables a los hermanos Karim Habib Sahid  y Brahian Adahir, ambos de apellido Millao,  argentinos, mayores de edad y domiciliados en Lago Puelo, como co autores del delito de homicidio en perjuicio de Mauricio Alexander Burgos. El hecho ocurrió el 7 de junio de 2017 en horas de la madrugada, en un predio deportivo de la localidad de El Bolsón. El veredicto fue dado a conocer hoy, en horas del mediodía. En la ocasión, el presidente del tribunal mencionó que esta declaración de responsabilidad de los hermanos Millao cuenta con el voto en disidencia del Juez Ricardo Calcagno en lo referido a la autoría, no a la materialidad del hecho en sí.

El veredicto completo se conocerá el próximo 4 de Febrero de 2019 y se ha fijado fecha de juicio de cesura para el 5 de Febrero de 2019 oportunidad en la que las partes deberán ofrecer nueva prueba.

En lo sustancial, el veredicto detalla que la declaración de responsabilidad para los hermanos Millao, se sustenta en la numerosa prueba desarrollada a lo largo de las jornadas de juicio oral y público. En este sentido el Juez Leguizamón Pondal señaló que Burgos fue víctima de una paliza que terminó con su vida, paliza propinada por los imputados. En la oportunidad relató los indicios categóricos que han permitido reconstruir "el antes, el durante y el después" de los sucesos que culminaron con la muerte de Burgos.

Ambos imputados presenciaron el veredicto en compañía de su abogado defensor Hugo Cancino. Asistieron además el Fiscal Francisco Arrien y el representante de la querella Sebastián Arrondo y la madre de la víctima, Sra. Sandra Oyarzo.

Cabe señalar que en los alegatos de apertura el Fiscal Arrien sostuvo la acusación, mencionando que Mauricio Alejandro Burgos fue brutalmente asesinado 7 de Junio de 2017 entre las 06:45 y las 07:15 horas, en el predio de rugby "Los Jabalíes" ubicado en Ruta 40 Norte de El Bolsón por los hermanos Millao. El hecho fue cometido a través de golpes realizados con piedras de gran tamaño, golpes de puño y puntapiés. El fallecimiento se produjo por hundimiento de masa encefálica. Detalló que el rostro de Burgos, al momento de ser encontrado, estaba desfigurado, y solo fue posible su reconocimiento por el cotejo de huellas dactilares y algunos tatuajes. Los acusados, un ex policía chubutense -Karin Abib Sahid- y su hermano Brian Adahid, ambos de apellido Millao, tenían en su poder el celular de la víctima y se movilizaban en una camioneta que fue vista por testigos en el escenario del crimen. A esta teoría del caso adhirió el patrocinante de la querella, Dr. Sebastián Arrondo, en representación de la madre de la víctima.

 

Comunicación Judicial

Tercera Circunscripción

 

 

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Una mujer de 51 años, con más de diez años de antigüedad en el rubro, entabló una demanda laboral contra la aseguradora Productores de Frutas Argentinas Cooperativa de Seguros Limitada. Reclamó una indemnización por incapacidad parcial, permanente y definitiva.

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El Juez en lo Civil , Comercial y de Minería Cristian Tau Anzoátegui hizo lugar a una demanda por Daños y Perjuicios iniciado por el municipio de Bariloche y condenó a a Estructuras del Sur S.R.L. y a Sancor Cooperativa de Seguros Ltda. a pagar solidariamente, en el plazo razonable y usual de diez días corridos, a la Municipalidad de San Carlos de Bariloche la suma de $250.000, más los intereses moratorios que se aplicarán desde la fecha de intimación extrajudicial a su pago bajo apercibimiento de ejecución. Asimismo se ordenó a la empresa Estructuras del Sur S. R. L. y a Sancor Cooperativa de Seguros Ltda a pagar solidariamente las costas del juicio. La municipalidad  demandó a la empresa mencionada y a la compañía de seguros por una serie de incumplimientos contractuales en el marco de la organización de la fiesta nacional de la nieve, edición del año 2.009.

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Un auto y una moto colisionaron en un cruce de intenso tránsito en Cipolletti: Ruta N°65 y Circunvalación. El conductor de la moto sufrió lesiones y demandó a la persona que manejaba el automóvil. Sin embargo en primera instancia se determinó que la moto no respetó las señales viales, la velocidad máxima, el lomo de burro ni la prioridad que posee el que cruza las vías del ferrocarril.

El conductor de una motocicleta demandó por daños y perjuicios a un automovilista que lo embistió en el cruce de la Circunvalación y la Ruta N°65 de Cipolletti. La sentencia de primera instancia rechazó esa pretensión porque no se respetó la prioridad de paso, el cartel que decía “Pare” ni el lomo de burro.

El accidente ocurrió el 15 de enero de 2013 a la mañana. Antes de la instancia civil, las partes transitaron por un proceso penal y allí el conductor del auto terminó sobreseído.

Según el expediente, el motociclista que inició la demanda circulaba por la Ruta N°65 en sentido Fernández Oro – Cipolletti. El auto, un Volkswagen Gol, lo hacía desde la Circunvalación hacia la calle Julio Dante Salto en el sector de las vías.

El auto terminó impactando a la moto y en consecuencia el motociclista padeció traumatismo de tobillo derecho y luxación expuesta del tobillo izquierdo debiendo ser intervenido quirúrgicamente, recibiendo tratamiento médico y reposo por nueve meses con una posterior rehabilitación de fisiokinesioterapia hasta septiembre del 2013. En sede laboral le determinaron una incapacidad del 10,9%.

En la causa civil, la jueza Soledad Peruzzi rechazó la demanda del motociclista contra el conductor del automóvil. Determinó la magistrada que el hombre de la moto no respetó la advertencia del cartel “Pare” sumado a que circulaba a una velocidad superior a lo permitida, que es 20 km/hora, y el perito determinó como mínima la de 37,47 km/hora para la motocicleta.

Recordó la magistrada que quién circula al costado de vías férreas debe cederle la prioridad al que sale del paso nivel. Justamente por esa circunstancia estaba colocado el cartel de “Pare” y el lomo de burro.

Es que fue su parte quien debió y no hizo, violando así la obligación que sobre su conducta correspondía- respetar la prioridad del paso que favorecía al demandado; pues siguiendo el orden de prioridades establecido por el propio artículo citado (artículo 41 de la Ley 24.449 de Tránsito) existía en la encrucijada una señalización que le indicaba detenerse y ceder el paso al demandado; quien además, arribó desde la derecha y descendiendo de las vías férreas”, concluyó la jueza Peruzzi. Sobre la base de esos argumentos rechazó la demanda.

 

 

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El juez del STJ, Sergio Barotto, resolvió hacer lugar al amparo presentado en relación a la situación edilicia del Archivo Histórico Provincial, con asiento en la ciudad de Viedma, y ordenó al Poder Ejecutivo que realice reparaciones en 30 días -tras detectar deficiencias constructivas. Además, dispuso que presente un “plan integral de mejoramiento de la infraestructura y de la organización” del Archivo Histórico en un plazo máximo de 60 días hábiles.

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