Este sábado se llevará a cabo el quinto módulo del taller de Actualización sobre Derecho Administrativo. En este caso, se abordará la cuestión del “Legítimo Abono”. Tendrá lugar en el auditorio Poder del Judicial, ubicado en Laprida 292.
La actividad es organizada por la Escuela de Capacitación Judicial de Río Negro, la Fiscalía de Estado, la Fiscalía de Investigaciones Administrativas, el Tribunal de Cuentas y la Defensoría del Pueblo; como parte del convenio firmado entre dichos organismos.
La jornada convoca a magistrados y funcionarios judiciales, y estará a cargo de Jorge Muratorio, Abogado y Magister Profesional en Derecho Administrativo de la Universidad Austral.
El uso de los medios tecnológicos aplicados a la mediación continúa arrojando buenos resultados en beneficio de los ciudadanos que tienen un conflicto y optan por resolverlo en una instancia de composición de intereses, por fuera de la judicialización. La mediación en Rio Negro es gratuita y la instancia es obligatoria para algunos temas de familia y patrimoniales.
Las mediaciones se realizan en los Centros Judiciales de Mediación (Cejume), en sus delegaciones y en las Casas de Justicia.
El caso que se resolvió recientemente se llevó adelante en la delegación del Cejume de Cinco Saltos e involucró a dos jóvenes padres con un bebé de pocos meses de vida.
En el marco del convenio entre el Superior Tribunal de Justicia y la emisora estatal Canal 10, en el sexto video sobre la Reforma Procesal Penal, la jueza de Cipolletti Florencia Caruso explica en un minuto el concepto de suspensión de Juicio a Prueba o “Probation”.
Video para ver, descargar o vincular en el Canal de Youtube del Poder Judicial:
Se realizó el primer mantenimiento preventivo a las instalaciones de media tensión (13200 Volts) del Edificio Judicial de General Roca, a cargo personal de dicha circunscripción.
Se llevaron a cabo siguientes tareas de capacitación del personal en la operación de celdas de media tensión y consignación de la instalación eléctrica; también se verificó la correcta operación de los equipos de maniobra; además, se corroboró el funcionamiento del extractor de aire caliente; se realizó la limpieza del recinto de los transformadores y de las celdas de media tensión.
En un fallo reciente, los jueces de la Cámara de Apelaciones en lo Civil de Cipolletti se expidieron respecto de un caso de filiación que involucraba a un niño.
El hombre que inicialmente reconoció al niño como su hijo promovió posteriormente un juicio de impugnación de paternidad. Mediante la presentación de una prueba de ADN que había realizado de manera privada pretendió acreditar que no era el padre del niño en cuestión. La madre, según surge del expediente, prestó su conformidad para que esa prueba se tuviera por válida a fin de acreditar la ausencia de vínculo entre el menor y el accionante.
Sin embargo, los magistrados de la Cámara de Apelaciones en lo Civil de Cipolletti rechazaron dicho acuerdo en el entendimiento de que el “estado de familia” (ya sea de hijo o de padre) es un derecho personalísimo indisponible –en la que están interesados el Estado y la ley- y no puede modificarse “por el imperio de la propia voluntad o autonomía privada de las partes”.
En una audiencia pública, se llevó a cabo hoy el sorteo de los potenciales jurados populares, que serán desde marzo del año próximo los encargados de arribar a veredictos de culpabilidad o no en los delitos cuyas penas se estimen mayores a los 12 años.
Inicialmente explicaron los pasos previos y el mecanismo de sorteo la presidenta del Tribunal Electoral Provincial, Luján Ignazi, y el titular de Lotería de la Provincia, Luis Ayestarán. Estuvieron presentes el presidente del STJ, Enrique Mansilla y los vocales Adriana Zaratiegui, Liliana Piccinini y Ricardo Apcarián, el vicegobernador Pedro Pesatti, el Procurador General Jorge Crespo, los vocales del TEP Sandra Filipuzzi y Ariel Gallinger, legisladores, autoridades provinciales, magistrados y público en general.
Fueron veedores del acto la Defensora del Pueblo, Adriana Santagati, el representante del Colegio de Magistrados, Carlos Reussi, el decano de la Universidad Nacional del Comahue, Claudio Mennecozzi, junto a Marina Griselda Jocano y Ana Belén Malis en representación del Colegio de Abogados de Viedma.
El padrón depurado fue confeccionado por el Tribunal Electoral Provincial, luego de excluir a los ciudadanos que, según la Ley 5020, no pueden oficiar de jurado popular. Entre los imposibilitados se encuentran los abogados, integrantes del Poder Judicial, de las fuerzas de seguridad, autoridades del clero, condenados, entre otros. Para esta confección requirió información a distintos organismos.
Sobre ese padrón depurado, la Lotería de la Provincia de Río Negro realizó un sorteo que combinó el tradicional bolillero con un coeficiente automático que permitió congeniar la transparencia y la celeridad del acto público.
En total se realizaron ocho sorteos: implicó a cada una de las cuatro circunscripciones judiciales, divididos en padrones femeninos y masculinos. Para la primera Circunscripción, con cabecera en Viedma, se sortearon 500 potenciales jurados. En la segunda, cuya sede central es Roca, 720; En la tercera, con cabecera en Bariloche, se sortearon 400 ciudadanos; finalmente, en la cuarta circunscripción se necesitarán 440 posibles jurados populares. En todos los casos, números equivales de varones y mujeres. En total, 2100 ciudadanas y ciudadanos fueron elegidos de manera azarosa. La lista de sorteados estará próximamente disponible en la página web del Poder Judicial.
En las próximas jornadas los ciudadanos sorteados serán notificados en sus domicilios. Les llegará una carta con una declaración jurada. Tendrán 72 horas para responder. Podrán hacerlo directamente en el correo (de manera gratuita), en la página web del Poder Judicial o bien dirigirse a la Oficina Judicial, donde se dispondrá de un equipo específico para atender todas las dudas que puedan surgir.
A partir de la recepción de las declaraciones juradas, la Oficina Judicial eliminará aquellos que tengan incompatibilidades. Posteriormente, cuando llegue la oportunidad de un juicio que requiera de jurados populares, se hará un segundo sorteo para definir los integrantes. La carga pública dura un año, con la posibilidad de extenderla por un año más. Luego, deberá realizarse otro sorteo.
De acuerdo a los antecedentes penales de cada una de las regiones, la Oficina Judicial calculó que pueden realizarse entre 24 y 30 juicios cada año.
La ley 5020 sancionada por la Legislatura de Río Negro establece que el sistema comenzará a regir desde marzo del año próximo.. De esta manera, los ciudadanos rionegrinos participarán personalmente en la administración de la Justicia Penal como miembros de un jurado popular y definirán sobre la inocencia o la culpabilidad de otro ciudadano en la comisión de un delito grave.
Este mecanismo será uno de los últimos de una larga serie de reformas paradigmáticas en el acceso a justicia y en la aplicación de los procedimientos. Hace más de un año ya se implementó la Reforma Procesal Penal, que implicó una mayor celeridad y transparencia, ya que todas las instancias del proceso penal se resuelven en audiencias orales y públicas.
Claves para comprender el juicio por jurados
1 - No es necesario saber de derecho: De modo simple, un juez explicará al jurado los aspectos jurídicos del caso. Los ciudadanos darán su veredicto basándose en todo lo que vieron y escucharon durante el juicio, guiados por su buena fe y sentido común.
2- Los jurados se eligen por sorteo: Una lista general de posibles jurados se sortea una vez al año del Padrón Electoral. Para cada juicio se sortea de esa lista a un grupo de personas, que pasan a una Audiencia de Selección hasta conformar un jurado imparcial.
3- Es una carga pública: Para ciudadano designado es obligatorio asistir. Su empleador, sea el Estado o un privado, justificará su inasistencia y no podrá descontarle el día. También se reconocerán posibles gastos de transporte y comida.
4- Son requisitos: Ser Argentino mayor de más de 18 años con residencia en la zona donde ocurrió el delito y no tener condenas por delitos dolosos. Abogados y funcionarios públicos no pueden ser jurado. Tampoco Auxiliares de Justicia ni los miembros activos de seguridad ni los referentes religiosos.
5- Reflejo de la sociedad: Para integrar el jurado la ley dispone que se debe buscar equilibrio de géneros y edades, intentando que la mitad de sus integrantes pertenezca al mismo entorno social y cultural de la persona juzgada.
¿Cómo serán los juicios?
1- Sólo para los casos más graves: Los juicios ante jurados populares se utilizarán para los delitos más graves y siempre que el fiscal anticipe que pedirá una pena mayor a 12 años de prisión. Si el fiscal anuncia una pena menor el juicio será ante los jueces profesionales.
2- Pueden ser 7 o 12 miembros: El jurado será de 7 ciudadanos cuando el fiscal anticipe que pedirá una pena de entre 12 y 25 años de prisión. Será de 12 ciudadanos si el fiscal anticipa que pedirá una pena mayor.
3- Deben ver y escuchar todo el juicio: En el juicio recibirán, sin intermediarios, todas las pruebas, testimonios y alegatos. Con esa información deberán decidir si la persona acusada es o no es culpable del delito.
4- Deliberación secreta: Para llegar al veredicto el jurado discutirá en una sesión absolutamente secreta. Esa deliberación puede durar hasta dos días. Para asegurar su tranquilidad, podrán pedir un régimen de resguardo o incomunicación.
5- Unanimidad o mayoría: ¿Qué pasa si de la deliberación no surge una decisión unánime de culpabilidad? En los jurados de 12 miembros, alcanza con 10 opiniones para declarar la culpabilidad. En los jurados de 7 miembros, se alcanza la mayoría con 6 opiniones de culpabilidad. Si no se obtienen esas mayorías la persona acusada debe ser absuelta, porque significa que el jurado tiene dudas y no está seguro de estar ante el culpable.
La presidencia del Superior Tribunal de Justicia (STJ) aprobó la documentación técnica y legal para el llamado a licitación pública con el objetivo de llevar a cabo la readecuación del inmueble del Yrigoyen N°387 de Cipolletti que concentrará el fuero Civil y el Laboral.
Dos juezas de Cipolletti y un magistrado de Roca aplicaron la prisión preventiva a Maximiliano René Figueroa condenado a 18 años de prisión por el delito de homicidio simple.
El Tribunal entendió que el condenado, quién estuvo un tiempo detenido y luego recuperó la libertad, incumplió con las pautas de conducta, mudó su domicilio sin dar aviso, bebió alcohol y molestó a los familiares de la víctima.
Figueroa fue condenado a 18 años de prisión por el homicidio de Leonardo Guzmán en inmediaciones del bar Mirtha Bailable, camino al lago Pellegrini en el paraje El Arroyón de Cinco Saltos. El imputado terminó con la vida del joven producto de una puñalada.
En un proceso de “menor cuantía”, el Juzgado de Paz de Cinco Saltos recibió la demanda de un cliente del Banco Patagonia S.A a quien se le venían descontando mediante débitos automáticos sumas de dinero a cuenta de Seguros Sura S.A.
En consecuencia, se ordenó el pago de una indemnización de 28.456,44 pesos más intereses.
El argumento central del cliente, más allá de todos los reclamos administrativos que había realizado antes de recurrir a la instancia judicial, fue el desconocimiento de adhesión al seguro.
La resolución se enmarcó en la Ley de Defensa del Consumidor N° 24.240.