Sep 09, 2024 Última actualización 12:03 PM, Mar 9, 2023

Gestión y planificación fueron los ejes de trabajo en Choele Choel.


El presidente del Superior Tribunal de Justicia, Dr. Ricarco Apcarián, junto con los principales referentes de la administración, gestión y planificación judicial de Río Negro se reunieron el pasado viernes en Choele Choel para avanzar en más definiciones para mejorar la faz administrativa y la optimización del uso de los recursos presupuestarios del Poder Judicial.

En la reunión, que se desarrolló a lo largo de varias horas de intenso intercambio de experiencias y opiniones, se abordaron dos ejes centrales: gestión y planificación.

En el primer aspecto se avanzó en la unificación de criterios para las cuatro Circunscripciones en materia de tratamiento de proveedores, firma electrónica para la agilización de trámites administrativos y aplicación de fondos para pequeños arreglos y contrataciones, entre otros puntos.

En materia de planificación, se definió la creación del registro de proveedores del Poder Judicial y la modalidad de identificación obligatoria de cada uno de ellos mediante el uso de una credencial oficial, cuyo diseño y características de seguridad también fueron aprobados en la reunión del viernes. Además, se avanzó en el tratamiento del proyecto de fondos permanentes y sobre los nuevos criterios de administración de las comisiones oficiales.

Por otra parte, los gerentes administrativos de cada Circunscripción plantearon ante las autoridades de Contaduría del Poder Judicial inquietudes particulares de cada región, apuntando a la necesidad de mantener la fluidez de los procedimientos para brindar una rápida solución a los problemas cotidianos de mantenimiento y otras demandas del servicio, especialmente en las localidades más pequeñas o más alejadas de las cabeceras circunscripcionales.

Junto con Apcarián participaron de la reunión el Administrador General del Poder Judicial, Sergio Baroni; el Subadministrador, Carlos Derbalian; el Contador del Poder Judicial, Abel Peña; el Director del Centro de Planificación Estratégica, Alfredo Bozzetti; la jefa de Compras, Suministros y Contrataciones, Alicia Abarzúa; la jefa del Departamento de Fondos Permanentes, Viviana Durán, y los gerentes administrativos de Viedma, Bariloche, Roca y Cipolletti, junto con la subgerenta de Choele Choel y anfitriona de la reunión, Andrea Barrio.


Más actividades

En el marco de su visita a Choele Choel, el Dr. Apcarián también visitó a la jueza Civil Natalia Costanzo y a la Jueza de Paz de esa ciudad, Norma Cappetta, a quien le confirmó la inminente ejecución de las mejoras edilicias que requiere el edificio del Juzgado, ubicado en la calle Rivadavia 424. Además, dialogó con la Jueza de Paz sobre la valiosa labor del organismo en la localidad y sobre la positiva dinámica de trabajo cotidiano con el Juzgado de Familia, la Policía, Equipos Técnicos de Educación y otros organismos públicos.

Luego el presidente del STJ se reunió con la jueza de Familia de Luis Beltrán, Marisa Calvo, con quien analizó el aumento de casos que registra el fuero en toda la provincia y la importancia de un trabajo articulado con los demás organismos judiciales, policiales y proteccionales ante el sostenido incremento de las causas por violencia familiar y de género que se reciben en el juzgado.



Delegación de Comunicación Judicial de General Roca

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Luego de escuchar en audiencia oral y pública a la Fiscalía y a la Defensa, el Juez de Garantías Ricardo Calcagno tuvo por formulado cargos por Homicidio Culposo Agravado. En la oportunidad la fiscal Betiana Cendón  formuló cargos a Hugo Patricio Erwin , argentino, mayor de edad por la comisión del hecho ocurrido en la Ruta Nacional Nro. 40 a la altura del Km. 2005 oportunidad en que conducía un auto Renault 12 , en dirección Norte - Sur, es decir desde Bariloche hacia El Bolsón en fecha 24 de Abril de 2017. En esa ocasión  Erwin de manera imprudente y antirreglamentaria, luego de invadir el carril contrario colisionó de frente con una camioneta Toyota Hilux conducida por Faustino Mansilla. Debido al impacto falleció Matías Exequiel Betanzo quien iba como acompañante de Erwin.

El imputado estuvo asistido por el Defensor Oficial Marcelo Alvarez Melinger quien requirió plazo ampliado para producir pruebas. En este sentido señaló que, a su criterio,  quedan dudas sobre la velocidad en la que se desplazaban los automotores que protagonizaron el siniestro. .

Al momento de resolver el Juez de Garantías tuvo formulados los cargos con la calificación de Homicidio Culposo agravado y concedió 4 meses de plazo para completar la investigación.

Delegación de Comunicación Judicial de San Carlos de Bariloche

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Con la organización de la Escuela de Capacitación Judicial se desarrollarán en Bariloche tres jornadas de capacitación con sistema de taller que tiene como objetivo la creación e implementación de un protocolo para juzgar con perspectiva de género. La actividad, destinada a Juezas y Jueces,  será coordinada por la Dra. Alicia Ruiz, Jueza del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y catedrática de la Facultad de Derecho de la UBA y por la Dra. Paula Viturro, Secretaria Letrada del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Bs. As. Cabe señalar que colaborarán como facilitadoras la Jueza Adriana Zaratiegui vocal del STJ  y la Profesora Beatriz Mosqueira , titular  y coordinadora de la Oficina de Género del Poder Judicial de Río Negro.

Durante las tres jornadas, previstas para el 19, 20 y 21 de Setiembre del año en curso, se llevaran a cabo actividades que tienen como objetivo lograr la transversalización de la perspectiva de género en el hacer judicial, incorporando desde las nociones básicas hasta  la aplicación de jurisprudencia internacional, nacional y local en materia de género. Es intención de esta capacitación   generar una herramienta que,  de manera criteriosa y autónoma de la independencia judicial,  auxilie a los jueces en la tarea de impartir justicia con perspectiva de género.

Dirección de Comunicación Judicial de San Carlos de Bariloche

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Dos hombres imputados por el delito de abigeato en San Antonio Oeste quedarán detenidos en prisión preventiva durante un mes, mientras se culminan las medidas de prueba que requiere la investigación.

Así resolvió hoy la jueza de garantías Itziar Soly, tras el pedido en el mismo sentido del Fiscal Juan Pedro Peralta y la fiscal adjunta Mariela Coy. La Defensora Oficial Graciela Carriqueo se había opuesto a la medida privativa de la libertad, ofreciendo otras alternativas menos gravosas.

Según la investigación, los detenidos habrían ingresado a un campo vecino rompiendo los alambrados. Allí dispararon a los animales (dos vaquillonas, dos novillos y un ternero raza Hereford), los faenaron y se los llevaron.

La carne secuestrada fue peritada por profesionales veterinarios de la Policía, quienes indicaron que esa cantidad se correspondía a cinco animales.

La detención inicial, dispuesta por la Fiscalía, se produjo luego la realización de un allanamiento en la zona rural de San Antonio Oeste. La pesquisa dio resultados positivos ya que se secuestró en el lugar la carne y el cuero de los cinco animales, además de herramientas para faena y tres armas de fuego.

Previamente, los propietarios de un campo aledaño habían hecho la denuncia, lo que motivó la intervención de la Brigada Rural.

Entre los argumentos para solicitar las medidas preventivas y dar cuenta del porqué del pedido de un mes para investigar, el Fiscal detalló en la audiencia la mecánica y resultados del allanamiento en el campo propiedad de uno de los imputados, una requisa en el vehículo de uno de los imputados en la cual encontraron 39 balas que se van a peritar, la necesidad de revisar las cabezas de ganado, extraer los proyectiles y cotejarlos con las armas secuestradas.

Además, explicó que el informe de la Brigada Rural da cuenta de dos tipologías distintas de huellas de vehículo, cuestión que se verificó en la requisa realizada que hoy se realizó a la camioneta.

En cuanto a la prisión preventiva de un mes mientras dure la investigación, explicó que los imputados intentaron darse a la fuga y uno de ellos dio un domicilio en el cual no vivía, sino que moraba su padre.

Además, uno de los imputados no tiene trabajo conocido ni arraigo en San Antonio, residiendo en dos lugares distintos en los últimos meses. Por otra parte, resaltó que de recaer condena, el mínimo legal será de 4 años según lo tipificado.

Por su parte la Defensa consideró excesivo el tiempo necesario para la investigación, atento al avance en la etapa probatoria, y consideró que 15 días serían suficientes. También, respecto al pedido de prisión preventiva, argumentó que no existe peligro de fuga ni estaban configurados los requisitos para la medida más gravosa. Ofreció otras medidas restrictivas, como la presentación periódica en la Comisaría y la obligación de estar en el domicilio en un horario determinado. Explicó, en este sentido, que no tienen antecedentes.

La jueza Itziar Soly solicitó a la Fiscalía que enumere la prueba que resta producir y, tras escuchar a las partes, dispuso un mes para completar la investigación y la prisión preventiva por el mismo lapso. La defensora hizo reserva de la impugnación de la prisión preventiva.

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El Superior Tribunal de Justicia hizo lugar a la apelación presentada por la Fiscalía de Estado de la Provincia de Río Negro y revocó la sentencia de la Cámara Laboral que autorizaba el pago de vacaciones no gozadas durante 2011 al ex integrante del STJ, Luis Lutz.

El caso

En 2011, el Superior Tribunal de Justicia, mediante Resolución, hizo lugar a una presentación del Dr. Luis Lutz y ordenó que se le abonen las licencias no usufructuadas. La Resolución 484/11 ordenó liquidar 245 días de ferias no gozadas entre los años 2002 y el propio 2011.

Luego, la Provincia hizo una presentación ante la Cámara del Trabajo de la Primera Circunscripción Judicial en contra de dicha resolución. La Cámara resolvió, por un lado, declarar nula la resolución del Superior Tribunal de Justicia. Sin embargo, en un segundo artículo, manifestó que sí correspondía pagar 25 días de licencias no gozadas, correspondientes a 2011, el último año en funciones de Luis Lutz.

Contra esa disposición nuevamente apeló la Provincia. Adujo que si se declaraba nula la Resolución del STJ de abonar las licencias no gozadas, no correspondía pagar una parte de las mismas.

La decisión del actual STJ

Tras analizar el caso, el máximo tribunal, con los argumentos de Ricardo Apcarián y Enrique Mansilla, la adhesión de Adriana Zaratiegui y Sergio Barotto, y la abstención de Liliana Piccinini por haberse alcanzado una mayoría, hizo lugar al planteo de la Fiscalía de Estado.

Para el STJ, la Cámara no puede adoptar “una solución oficiosa” que no fue solicitada por ninguna de las partes. En efecto, ni Lutz -que ya había realizado devoluciones parciales del dinero cobrado tras la Resolución-, ni la Fiscalía de Estado, habían pedido que se abone solo una parte.

De esta manera, para el máximo tribunal, “el fallo es violatorio del principio de congruencia”.

Citando doctrina del propio Superior Tribunal, el juez Ricardo Apcarián recuerda que "la congruencia obliga a establecer una correlación total entre los dos grandes elementos definidores del esquema contencioso: la pretensión y la decisión”.

Con esta decisión del STJ y ka anterior disposición de la Cámara Laboral, finalmente el ex integrante del máximo tribunal no percibirá compensación alguna por ninguno de los períodos analizados.

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Derecho a la identidad: jueza de Familia de Luis Beltrán autorizó a un joven cambiar su nombre y apellido. Primero debió hacer juicio de filiación, y luego, ante la falta de vínculo paterno, el joven pidió quitarse el apellido de su padre biológico.



La jueza de Familia de Luis Beltrán, Dra. Marisa Calvo, hizo lugar al pedido de un joven del Valle Medio y ordenó modificar su segundo nombre y cambiar su apellido paterno por el materno, permitiéndole así legitimar un nombre distinto que "sí representa su identidad".

Al nacer, en 1996, el niño fue anotado con el apellido de su madre y años después, tras el reclamo por la vía judicial, fue reconocido por su padre biológico, por lo que en el acta de nacimiento se modificó el apellido, reemplazando el materno por el paterno. Sin embargo, aquel reconocimiento de la paternidad "no cambió la actitud" del progenitor, quien según la demanda "nunca se preocupó por su bienestar desde lo económico y desde los aspectos morales que surgen del propio vínculo".

Por eso, en su presentación ante la jueza, el joven solicitó no sólo remover el apellido paterno y recuperar el materno sino también reemplazar por otro su segundo nombre, que coincide con el nombre de pila del padre.

Para tramitar la petición la jueza publicó edictos y dio intervención al Ministerio Público Fiscal y a la Dirección del Registro Civil y Capacidad de las Personas, que no formularon objeciones a la solicitud. Además ordenó una pericia psicológica al joven, mediante la cual se verificó la profunda afectación personal que éste había manifestado.

Tras evaluar todas las constancias a la luz del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación y de la normativa internacional sobre Derechos Humanos, la jueza ordenó "efectuar la rectificación del nombre y supresión de apellido, rectificando la partida de nacimiento del peticionante".

En el caso, el joven manifestó tener "vagos recuerdos de su padre", quien no estuvo presente "en las ocasiones más especiales de su vida". También solicitó llevar el apellido materno porque "ella y su familia son quienes han estado siempre presentes en su desarrollo". Por eso pidió a la jueza que le permita, mediante la modificación de la partida, "cerrar esa parte de su historia y escribir la propia con un apellido y nombre que sí representan su identidad".

El artículo 69 del Código Civil y Comercial deja librado al criterio judicial establecer cuándo el nombre produce una afectación de la personalidad del interesado. En ese sentido, la resolución de la jueza reconoció la identidad del peticionante "en su faz dinámica, producto del devenir de su historia personal", brindándole "más allá de la cuestión filial comprometida, una tutela diferenciada del derecho al nombre, reconociéndolo de esta manera como un atributo personalísimo".

Según valoró Calvo, reconocer el nombre deseado por el joven es "un acto de justicia en su vida", porque "implica reconocerlo como persona, reconocer que su historia está ligada a lo único que lo identifica como un ser diferente a otros: su nombre".



Delegación de Comunicación Judicial de General Roca

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La jueza de garantías Florencia Caruso fijó un plazo máximo de 18 meses de detención con prisión preventiva en la causa que están involcurados José Forno y Sandro Gerez Derbes, entre otros.

En la audiencia que se realizó esta tarde, las defensas de los dos imputados solicitó que se fijara un plazo razonable de prisión. Para ello realizó una extensa interpretación de los códigos procesales penales de Rio Negro y de normas con rango constitucional.

Ocurre que en esta causa la investigación comenzó con el código procesal anterior, donde los imputados fueron acusados por 18 hechos – la mayoría robos calificados – y luego procesados con prisión preventiva.

Además de Forno y de Gerez Derbes hay otros involucrados bajo la figura de asociación ilícita.

La Fiscalia, en cambio, habia solicitado un año más de prisión preventiva a contar desde mañana. Basó su petición en el análisis de escuchas telefónicas para un cotejo de voz.

Los 18 meses fijados por la jueza Caruso, según aclaró la magistrada al momento de resolver, se deben contar desde el momento de la detención de los imputados, es decir la primera semana de mayo de 2016.

El código procesal penal en Rio Negro cambió el 1 de agosto. En función de ello, la Ley Orgánica del Poder Judicial en su artículo 167 estableció que las causas que habían quedado en los juzgados de instrucción con el anterior código debian pasar a la Fiscalía para comenzar a regirse con la nueva ley procesal.

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El Juez de Garantías Juan Martín Arroyo dictó el sobreseimiento de dos hombres, vecinos de esta ciudad, quienes habían sido imputados por Lesiones Graves Culposas, tras el pedido fiscal en este sentido.

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El Superior Tribunal de Justicia denegó el recurso extraordinario federal planteado por la defensa del imputado Jorge Villegas, quien se encuentra condenado -sin sentencia firme- a la pena de prisión perpetua por el homicidio de Pablo Vera, ocurrido en Roca el 25 de septiembre de 2014.

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Los días 12 y 13 de septiembre se realizó en Roca la reunión anual de los Departamentos de Servicio Social del Poder Judicial. Participaron los 14 profesionales que los integran, representando a las cuatro Circunscripciones Judiciales. Tras el intercambio de propuestas y experiencias, los profesionales arribaron a acuerdos programáticos que direccionan la tarea del área en función de las reformas judiciales en marcha en los fueros Penal y de Familia.

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