Nov 19, 2024 Última actualización 12:03 PM, Mar 9, 2023

Bariloche: se rechazó suspensión de juicio a prueba y habilitó la apertura a juicio por Amenazas en contexto de Violencia de Género.

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Luego de escuchar a la defensa, a la fiscalía y a la querella, en audiencia oral y pública, el Juez de Juicio Héctor Leguizamón Pondal, habilitó la apertura a juicio por "Amenazas"" con intervención de Tribunal unipersonal, en relación a un hombre, vecino de esta localidad, a quien la Fiscalía imputó haber amenazado, a través de mensajes de texto de whatsapp a una mujer, quien en ese momento, era su pareja.

En la audiencia la defensa del hombre imputado había solicitado la suspensión de juicio a prueba, ofreció un resarcimiento económico y la realización de pautas de conducta. Esta propuesta no fue aceptada por la Fiscalía ni por la querellante. El Juez de juicio rechazó la petición y derivó la audiencia en requerimiento de apertura del juicio y control de acusación.

 

Cabe señalar que el Fiscal Tomás Soto imputó al hombre haber amenazada a quien era su pareja y compañera de trabajo, a través de mensajes desde un teléfono laboral corporativo. Se ha consignado que las frases enviadas eran amenazas de posibles y futuras agresiones físicas, a modo de ejemplo, "si la veía sonriendo a otro hombre en el ámbito laboral .."se me va a saltar la cadena"....y "te mando a desvalijar...". Estas y otras frases de igual gravedad , causaron temor en la mujer lo que motivó la formalización de la denuncia penal. Al fundar las medidas probatorias el Fiscal Soto mencionó la captura de los mensajes, el testimonio de la denunciante que manifestó su interés en continuar con la causa, el informe de la Oficina de Atención a la Víctima OFAVI quien consideró que la mujer sufrió violencia de género de tipo psicológico y varias declaraciones testimoniales. La pretensión punitiva señalada por el Fiscal es de dos años de prisión.

 

En tanto el Defensor Oficial Marcelo Alvarez Melinger hizo mención a jurisprudencia del STJ la que menciona que no todo hecho realizado en contra de una mujer es violencia de género. En este caso, consideró que se trató de un hecho aislado y no constituye violencia de género. Dejó planteada la impugnación.

 

La mujer denunciante se constituyó en querellante con la representación del abogado Alejandro Pschunder.

 

 

 

Comunicación Judicial

 

Tercera Circunscripción

 

 

 

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