Sin embargo, en esta instancia el magistrado debía resolver si sostenía la decisión del juez de garantías Juan Martín Brussino Kain, quien oportunamente había denegado un pedido de sobreseimiento por parte de la Defensa.
Las defensoras de los imputados alegaron, teniendo en cuenta que se trata de una proceso que viene del anterior sistema procesal penal, que se había extinguido la posibilidad de acción penal por el incumplimiento de plazos. Argumentaron que oportunamente se había dictado la falta de mérito de los acusados, tras tomar distintas testimoniales.
El juez Bustamante Juez no hizo lugar al pedido de sobreseimiento y explicó que, en primer término, la Defensa “no ha controvertido los pedidos de prórroga formulados por el fiscal”. Además, realizó una extensa argumentación procesal y se refirió también al derecho de la víctima a obtener una sentencia de fondo.
Finalmente, enmarcó el proceso en los Tratados Internacionales suscriptos por el país respecto a la erradicación de la violencia contra la mujer, que obligan a la Argentina a su cumplimiento.
Los hechos
Relató el Fiscal que “cuando la mujer policía cumplía funciones en la guardia del turno noche en el puesto de la ruta provincial 1 de la Comisaría 39” ambos imputados se presentaban en el puesto caminero avanzada la madrugada, y con la excusa de enseñarle a defenderse de un ataque sexual, le exhibieron sus partes pudendas, la forzaron a darles besos en la boca y uno de ellos le tocó los pechos, entre otros hechos.
Para la acusación, “la conducta se sostenía en la autoridad jerárquica de los imputados”. Además, ante la constante negativa de la mujer la amenazaban con sancionarla, “cosa que ocurrió finalmente cuando el 28 de febrero de 2014” le aplicaron un apercibimiento por “dormirse en horario de servicio”.
La calificación legal provisoria que abuso sexual gravemente ultrajante por la reiteración en el tiempo, por haber sido cometido por mas de dos personas que son miembro de la fuerza policial en ejercicio de sus funciones.
Al detallar el sustento probatorio enumeró la denuncia de la víctima, la pericia psicológica a la víctima donde expresa que padece de estrés postraumático, las pericias psicológicas a ambos imputados, los partes diarios policiales, testimoniales, entre otros.