El Juez de Juicio Marcos Burgos homologó acuerdo pleno de juicio abreviado y condenó a Ezequiel Cañuqueo y Nicolás Osés a la pena de tres años de ejecución en suspenso al considerarlos autores penalmente responsables del delito de Robo Simple consumado. Asimismo se impusieron, a ambos, pautas de conducta.
Cabe señalar que oportunamente se formularon cargos a ambos imputados por el hecho ocurrido el 12 de Abril del año en curso a las 4,20 de la madrugada. De acuerdo a lo detallado , Cañuqueo y Oses en acuerdo de voluntades y convergencia intencional, se presentaron en la remisería ubicada en Elflein 7 de esta localidad. Allí solicitaron un auto y pidieron ser trasladados hasta el barrio Virgen Misionera. Al llegar a la intersección de las calles Aimé Painé y Angelelli, del mencionado barrio, ambos logran apoderarse de la suma de 2.500 pesos, previo golpear y amenazar con un arma blanca, al chófer del auto.
En la audiencia de hoy el Fiscal Sergio Pichetto aceptó el cambio de calificación propuesto por la defensa, ya que se ha señalado que al momento del hecho no se utilizó un arma blanca, sino un pedazo de celular. En este sentido, el Fiscal señaló que el único elemento de prueba directo es la declaración de la víctima. No hay lesiones, y además la víctima, no vio con que elemento lo amenazaron. "...Es decir, señaló Pichetto, que no hay elementos de prueba concretos que permitan avalar la existencia real de un arma blanca..." En la oportunidad se detalló la prueba que dio lugar a la formulación de cargos y también al pedido de juicio abreviado, mencionando, entre otras, la declaración de la víctima, la declaración de un compañero de trabajo-operador de la remisería- , empleados policiales y reconocimientos efectuados.
Ambos imputados reconocieron la autoría del hecho que se les endilga.
Por su parte la Defensora Particular Natalia Araya no tuvo objeciones que formular al acuerdo pleno y a la imposición de las pautas de conducta pertinentes.
El Juez Burgos , homologó el acuerdo de juicio abreviado arribado por las partes, notificando a ambos hombres que el incumplimiento de cualquiera de las pautas de conducta impuestas en esta audiencia, revocará de inmediato el presente acuerdo.-
Comunicación Judicial
Tercera Circunscripción