La creación del Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos tuvo lugar por medio de la Ley N° 25854 del año 2004, a la que adhirió Río Negro en el año 2012 mediante la Ley N° 4764, siendo Catamarca la última provincia argentina en adherirse a la Red de Registros, lo que tuvo lugar en el año 2017.
Con la Reforma del Código Civil de 2015, se instaura un nuevo paradigma, el que coloca en el centro del instituto de la adopción al interés superior del niño.
Actualmente, de las 191 familias más del 70 por ciento aceptan grupos de niños, es decir, hermanitos. En cuanto a niños con discapacidad, más del 80 por ciento de los inscriptos no los incluyen en sus solicitudes.
En Viedma hay 24 familias anotadas que son de toda la Primera Circunscripción; mientras que en General Roca, cabecera de la Segunda Circunscripción hay 47 familias; en Bariloche hay 68 y en Cipolletti, cabecera de la Cuarta Circunscripción, hay 14 inscriptos.
Estos datos, se modifican constantemente. Actualmente hay 153 postulantes disponibles y los 38 postulantes restantes se encuentran como transitoriamente no disponibles (TND), situación que puede darse por diversas causas: por iniciar vinculación con niño, niña o adolescente, por encontrarse atravesando alguna situación particular/personal o por voluntad del postulante.
El Registro Único de Aspirantes
El Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos, creado por Ley 25.854, tiene como objetivo principal formalizar una lista de aspirantes denominada "Nómina de Aspirantes".
El antiguo paradigma de que los padres que no pudieron concebir o que desean saciar su deseo de criar un niño pueden recurrir al Estado para que los satisfaga en su anhelo quedó en la actualidad completamente perimido. Hoy, el interés está puesto en darle una familia a los niños, niñas o adolescentes que por diversas razones no pueden ser cuidados definitivamente por su familia de origen.
El Registro Único garantiza a los postulantes una inscripción única, que se realiza en la jurisdicción de su domicilio real, de forma personal y gratuita. Esta inscripción única tiene validez en todas las jurisdicciones adheridas.
La Ley 26.061 de Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes establece que, en el marco del reconocimiento al interés superior de las niñas, niños y adolescentes, se deberá respetar su centro de vida, entendido como el lugar donde hubiesen transcurrido en condiciones legítimas la mayor parte de su existencia. Asimismo, el citado interés superior obliga a agotar las posibilidades de inserción adoptiva en su mismo ámbito de origen, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 20, inciso 3 de la Convención sobre los Derechos del Niño.
Por ello, toda selección de aspirantes comenzará por la jurisdicción donde se encuentre el niño, niña o adolescente y de no existir postulantes aptos para el caso, resultará adecuado recurrir a postulantes de otra jurisdicción, siempre priorizando la proximidad geográfica.
Por último, dentro de la Página del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación hay un apartado llamado “Buscamos Familia”, y funciona como una convocatoria pública destinada a brindar información relevante de niñas, niños y/o adolescentes que se encuentran en estado de adoptabilidad y que aún no han encontrado familia.
Autoridades de Río Negro del Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos (R.U.A.G.F.A)
Titular del Registro de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos y Secretaria de Gestión y Acceso a Justicia del Superior Tribunal de Justicia; Silvana Mucci.
Coordinadora R.U.A.G.F.A; Virginia Franco.
02920-441000 int. 1221/1404
Registros Circunscripcionales
Primera Circunscripción Judicial - Viedma
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Responsable: Estela Zanardi
Laprida 325 1er. piso
Teléfono: (02920) 441000 int. 1494
Segunda Circunscripción Judicial – General Roca
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Responsable: Gabriel Mozzoni
San Luis 853 - 1º Piso
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Tercera Circunscipción - San Carlos de Bariloche
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Pasaje Juramento 190 6to. piso
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Cuarta Circunscripción Judicial - Cipolletti
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Responsable: Marta Bordon
Roca 870 -Teléfono: Tel.(0299) 4783863