Como consecuencia, la mujer se presentó ante la Cámara del Trabajo de Cipolletti. Iniciado el proceso judicial, se ordenó una pericia médica y allí se concluyó que la trabajadora padecía “por limitación funcional de su tobillo derecho, incluidos los denominados factores de ponderación, un 8,20%, de incapacidad parcial permanente definitiva”.
Dice el fallo: “Reiteradamente se ha señalado en pronunciamientos de esta Cámara, que nadie mejor que el médico, conocedor idóneo e indiscutido de la biología, anatomía y fisiología del cuerpo humano, está en condiciones de asesorar al Tribunal del resultado de cualquier infortunio laboral, especialmente de las insuficiencias o minusvalías somatopsíquicas, conocidas generalmente como incapacidades”.
En función de esos argumentos, los magistrados hicieron lugar a la demanda y condenaron a la aseguradora Horizonte S.A. a abonarle a la mujer 61.048,74 pesos en concepto de indemnización por incapacidad laboral parcial, permanente y definitiva con más intereses desde el 19 de noviembre de 2014 y hasta el efectivo pago.
El fallo lleva la firma de los jueces Luis Lavedán, Luis Méndez y Raúl Santos.