Este hecho fue caratulado, en principio, como "Homicidio Simple" ,no obstante, luego de incorporar prueba, entre ellos testimonios de relevancia, -vecinos que vieron como ocurrieron los hechos- , se modificó la calificación y se encuadra el accionar de Bordón como "Homicidio cometido en exceso de legitima defensa". Esta instancia fue planteada por el defensor particular del imputado Víctor Hugo Massimino, quien postuló el sobreseimiento de su representado. Detalló que el hombre que resultara víctima desplegó una serie de hechos de violencia que tuvieron su punto culminante cuando intentó golpear a una mujer que estaba en el domicilio del hombre imputado con un bebé. Allí es que Bordón y en defensa de la mujer, que era su hermana, toma el tirante y la defiende ."... la defensa con el listón de madera fue una reacción lógica, no existió medio irracional , se debió a la situación vivida..." Señaló el defensor. Al tiempo que detalló y sobre la necesidad del medio empleado, que Bordón no pudo recurrir a otro menos lesivo. Tenia ese único medio de defender a su hermana. Era la tercera vez que lo iba a buscar a su casa. No hay exceso. Fue legitima defensa..." dijo Massimino.
En tanto el fiscal Arrien, señaló que efectivamente al profundizar la investigación se pudo verificar que hubieron varios ataques de Iglesias en relación a Bordón hoy imputado, y un tercer y ultimo episodio, es cuando Iglesias va al lugar donde vive el imputado con su familia, rompe un cerco, insulta y amenaza con el tablón a la hermana del imputado quien estaba con su bebe. No obstante se opuso al sobreseimiento toda vez que el mismo no puede ser instado en esta etapa del proceso.
Luego de un cuarto intermedio, las partes arribaron a un acuerdo pleno, el que fue presentado al Juez de Juicio quien homologó el mismo, con la imposición de pautas de conducta . Las partes renunciaron a los plazos procesales para dar lugar a la inmediata intervención del Juzgado de Ejecución Penal.
Comunicación Judicial
Tercera Circunscripción