Consignó la clienta que el 02 de noviembre de 2017 había comprado “on line” en la página www.fravega.com una parrilla plancha eléctrica marca Oster modelo 3005. Sin embargo al momento de presentarse ante el Juzgado no había recibido el producto.
La jueza de Paz Gabriela Lapuente citó a las partes a una primera audiencia y allí mismo arribaron a un acuerdo sin necesidad de llegar al dictado de una sentencia.
La demandada, sin reconocer hechos ni derechos, se comprometió al pago de la suma de 8.000 pesos y la clienta aceptó el ofrecimiento realizado.
En consecuencia la jueza resolvió homologar el acuerdo con carácter de sentencia.
Menor cuantía
Los procesos de menor cuantía son verdaderos juicios del ámbito Civil y Comercial que, por sus particulares características, tiene un trámite simplificado y gratuito ante cualquiera de los 49 Juzgados de Paz que funcionan en la provincia. Estas acciones de menor cuantía permiten a los ciudadanos resolver sus reclamos de hasta 30.000 pesos de una manera más rápida, sencilla y sin salir de su localidad.
Estos procesos se inician ante el Juzgado de Paz con un formulario, que tiene el valor legal de una demanda, en el que se especifica el monto reclamado a la otra persona, empresa u organismo.
El procedimiento es gratuito para garantizar el acceso a la justicia. Además, es informal y respeta los principios de bilateralidad, igualdad, colaboración y derecho de defensa.
Cabe señalar que por su especial naturaleza, la ley ha excluido del procedimiento de menor cuantía las acciones judiciales por sucesión, familia, laborales y desalojo.