El acuerdo de juicio Abreviado surgió tras el consentimiento de la víctima y la plena aceptación de las partes. La modalidad requiere que el imputado acepte su culpabilidad, la calificación legal y la pena. En este caso, 3 años de prisión en suspenso, pedido público de disculpas -que se concretó en la propia audiencia-, fijar domicilio, seguir las reglas de Instituto de Asistencia a Presos y Liberados, cumplir con la prohibición de acercamiento de 200 metros y de contacto con la víctima directa o indirectamente, mantener entrevistas psicológicas para evaluar si requiere de tratamiento. Además, se impone la inhabilitación perpetua para dar clases de guitarra a menores y una reparación simbólica a la víctima de 100 mil pesos.
Para la confección del acuerdo se tuvo en cuenta la falta de antecedentes penales y evitar la revictimización de la denunciante que conllevaría la realización de un juicio con debate oral y público.
Al imputado se le atribuye haber realizado tocamientos a una niña que concurría a su domicilio para tomar clases particulares de guitarra, durante varios años. Los hechos se encuadraron como abuso sexual simple, agravado por haber sido cometido por el encargado de la educación de la víctima.