Nov 19, 2024 Última actualización 12:03 PM, Mar 9, 2023

Adopción: Río Negro deja la presidencia nacional del Consejo Consultivo y asume Neuquén

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Luego de casi dos años, Río Negro dejó la presidencia del Consejo Consultivo de la Dirección Nacional del Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos. En el 21 encuentro del Consejo Consultivo se designó a Neuquén para presidir el órgano.

De esta manera, la representante rionegrina Silvana Mucci, Secretaria de Gestión y Acceso a Justicia del Poder Judicial de Río Negro y Titular del Registro de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos (Ruagfa) en Río Negro dejó la titularidad del Consejo Consultivo en manos de Gisela Maxwell, de Neuquén.

El encuentro tuvo lugar en el Salón de las Provincias del Senado de la Nación, con la participación de representantes de todo el país.

El Consejo Consultivo es un organismo federal que conforma una red de registros.

La estructura del Registro de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos en Rio Negro funciona en el ámbito del Poder Judicial, está conformado por la responsable provincial y cuatro responsables circunscripcionales a cuyos cargos accedieron por concurso.

La creación del Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos tuvo lugar por medio de la Ley N° 25854 del año 2004, a la que adhirió Río Negro en el año 2012 mediante la Ley N° 4764, siendo Catamarca la última provincia argentina en adherirse a la Red de Registros, lo que tuvo lugar en el año 2017.

Con la Reforma del Código Civil de 2015, se instaura un nuevo paradigma, el que coloca en el centro del instituto de la adopción al interés superior del niño.

El Ruagfa tiene como objetivo principal formalizar una lista de aspirantes denominada "Nómina de Aspirantes". El antiguo paradigma de que los padres que no pudieron concebir o que desean saciar su deseo de criar un niño pueden recurrir al Estado para que los satisfaga en su anhelo quedó en la actualidad completamente perimido. Hoy, el interés está puesto en darle una familia a los niños, niñas o adolescentes que por diversas razones no pueden ser cuidados definitivamente por su familia de origen.

El Registro Único garantiza a los postulantes una inscripción única, que se realiza en la jurisdicción de su domicilio real, de forma personal y gratuita. Esta inscripción única tiene validez en todas las jurisdicciones adheridas.

La Ley 26.061 de Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes establece que, en el marco del reconocimiento al interés superior de las niñas, niños y adolescentes, se deberá respetar su centro de vida, entendido como el lugar donde hubiesen transcurrido en condiciones legítimas la mayor parte de su existencia. Asimismo, el citado interés superior obliga a agotar las posibilidades de inserción adoptiva en su mismo ámbito de origen, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 20, inciso 3 de la Convención sobre los Derechos del Niño.

Por ello, toda selección de aspirantes comenzará por la jurisdicción donde se encuentre el niño, niña o adolescente y de no existir postulantes aptos para el caso, resultará adecuado recurrir a postulantes de otra jurisdicción, siempre priorizando la proximidad geográfica.

En Río Negro el Ruagfa tiene cuatro oficinas de registros, ubicadas en cada una de las circunscripciones judiciales. 

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