En la formulación la representante del Ministerio Público señaló que desde Octubre del año 2016 hasta la fecha el hombre imputado, -no obstante tener empleo y sustento económico- no cumple con la obligación que preve el artículo segundo de la Ley 13.944, en lo que se refiere al aporte económico para cubrir las necesidades de un hijo menor de edad, consistentes en alimentos, salud, educación, recreación y todo cuanto sea necesario para brindar bienestar y subsistencia al niño. La Fiscal Paolini sustentó esta formulación en distintas pruebas, colectadas hasta el momento, por caso: denuncia formulada por la madre del niño, constancia de titularidad de la propiedad de un automotor por parte del hombre imputado, informe de la empresa donde trabaja y documentación que avala la paternidad.
El hombre fue asistido por la abogada particular Silvia Vázquez. En su declaración reconoció que no ha cumplido con la obligación alimentaria por una serie de circunstancias que enumeró en la audiencia, entre otras, cambio de lugar de trabajo No obstante señaló su voluntad de cumplir con la misma. La abogada Vázquez no tuvo objeciones a la formulación realizada y anunció la posición de su representado de arribar a una instancia conciliatoria en el plazo acordado por el Juez Arroyo.
Comunicación Judicial
Tercera Circunscripción