Nov 19, 2024 Última actualización 12:03 PM, Mar 9, 2023

Causa Aguiar: se aceptó a mujer policía como querellante y se deberán readecuar los hechos

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Hoy se reanudó la audiencia de control de acusación en una causa que involucra a  Rodolfo Aguiar por hechos ocurridos en la Legislatura de Río Negro en el año 2017.

La jueza de garantías Itziar Soly condujo la audiencia, que también tuvo la participación del Fiscal Juan Pedro Puntel, del abogado defensor de Aguiar, Diego Sachetti. También asistió la policía Olga Porter como querellante, representada por el abogado Argentino Hermosa.

Inicialmente en el caso había cuatro imputados y cuatro policías que se constituyeron como querellantes. En su momento, la Querella, cuyo representante legal era Damián Torres, llegó a un acuerdo con la Defensa que incluyó una reparación económica. El Fiscal aceptó el acuerdo y solicitó el sobreseimiento para tres de los imputados, excepto para Aguiar. De esta forma, el proceso continuó con un único imputado.

La audiencia de hoy era preparatoria para un eventual juicio. En primer término, la jueza debió decidir si aceptaba o no la constitución como querellante de una mujer policía, mencionada en la plataforma fáctica como víctima. La Defensa de Aguiar se opuso, argumentando que ya había pasado el momento procesal.

La jueza Itziar Soly resolvió que le asistía derecho a presentarse como querellante, teniendo en cuenta que la mujer policía ya había sido mencionada como víctima, con lo cual no se veía afectado el derecho de defensa invocado por el abogado Diego Sachetti.

En segundo lugar, debió resolver un planteo de la Defensa respecto a la decisión de la Fiscalía de continuar el proceso con un único imputado, habiendo aceptado el sobreseimiento de los otros tres. La jueza dispuso que la Fiscalía tiene la facultad de tomar esa decisión y ese criterio debe ser respetado porque no se advertía ninguna violación de garantías constitucionales, tal como invocó la Defensa.

Finalmente, el abogado de Aguiar hizo un planteo porque, a su criterio, se violaba el derecho de defensa porque en la plataforma fáctica se describen conductas delictivas de los cuatro imputados originales, cuando en realidad tres de ellos ya fueron sobreseídos, con anuencia de la Fiscalía.

En este caso, la jueza hizo lugar al pedido de la Defensa. Para la magistrada, tal como esta descripto el hecho, se menciona a las personas ya sobreseídas. De esta manera, dispuso que es preciso que la Fiscalía reformule los hechos que se le imputan a Aguiar, remueva de los mismos a las personas desvinculadas y solicite una audiencia de formulación de cargos exclusivamente el titular de ATE.

Esta nueva formulación de cargos, con los hechos adecuados y un plazo de investigación muy breve, permitirá a la Fiscalía, la Querella y la Defensa reconstruir su teoría del caso, de entenderlo pertinente. De ese modo, quedaría saneado el proceso. Para la magistrada, tendiendo en cuenta que la recolección de pruebas por parte de la Fiscalía ya está muy avanzada, el lapso de investigación debería ser corto.

Al argumentar su decisión, la jueza indicó que de continuar el actual proceso, las tres personas mencionadas en la acusación pero ya sobreseídas, podrían ser citadas como testigos por alguna de las partes, generándose contradicciones que afectarían el desarrollo del debate.

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