Bajo el título: “Culpable o no, deciden los ciudadanos”, da cuenta de que “con la implementación del juicio por jurados, la ciudadanía podrá, a través de un veredicto, definir directamente sobre la culpabilidad o no de una persona acusada de haber cometido un delito grave”.
1. - ¿Qué delitos son juzgados por un jurado popular? Aquellos cuya pena prevista sea de 12 años de prisión o más.
2. - ¿Quiénes pueden integrar el jurado popular? Solo aquellas personas argentinas, mayores de 18 años, que vivan en la zona donde ocurrió el delito. No pueden quienes tengan condenas por delitos dolosos, quienes sean abogados, funcionarios públicos, auxiliares de justicia, miembros activos de seguridad o referentes religiosos.
3. ¿Cómo se eligen? Los jurados se eligen por un sorteo anual, público, entre todos los ciudadanos y ciudadanas. Luego, atraviesan distintas etapas de depuración y selección.
4. ¿Es obligatoria la participación? Ante la convocatoria para integrar un jurado popular, es obligatorio asistir. Se trata de una carga pública.
5. ¿Se cobra por ser jurado? No. Si el ciudadano elegido es empleado, en su trabajo no podrán descontarle el día. También se reconocerán posibles gastos de transporte y comida.
6. ¿Es necesario saber de Derecho? No. Al inicio del juicio, de modo simple, un juez explicará al jurado los aspectos jurídicos del caso. Los ciudadanos darán su veredicto basándose en todo lo que vieron y escucharon durante el juicio, guiados por su buena fe y sentido común.
7. ¿Cómo se desarrollará el juicio? Primero Fiscalía y Defensa anunciarán su teoría del caso. Luego, comenzarán los testimonios, aporte de pruebas y alegatos finales. El jurado debe ver y escuchar todo el juicio. Con esa información deberá decidir si la persona acusada del delito es culpable o no.
8. ¿Cómo es la deliberación? Tras el debate, el jurado discutirá en una sesión absolutamente secreta. En todo momento estará resguardada la tranquilidad de la totalidad de los miembros, que pondrán pedir un régimen de resguardo.