La disolución del matrimonio está contemplada en el Capitulo 8, artículo 435 del Código Civil y Comercial. El divorcio, que debe ser declarado judicialmente, es una de las causas que pone fin al matrimonio. El divorcio se decreta judicialmente a petición de ambos o de uno solo de los cónyuges. Si existe desacuerdo sobre los efectos del divorcio, o si el convenio regulador perjudica de modo manifiesto los intereses de los integrantes del grupo familiar, las cuestiones pendientes deben ser resueltas por el juez de conformidad con el procedimiento previsto en la ley.
Según las estadísticas, en la provincia de Rio Negro las diez juezas de familia, el juez de Cipolletti y las dos juezas multifueros de El Bolsón y San Antonio dictaron en 2018 un total de 1.426 sentencias de divorcio, lo que representa el 8.67% del total de los procesos que ingresaron entre el 1 de enero y hasta el 31 de diciembre del año pasado.
Los ingresos totales ascendieron a 16.425 expedientes nuevos. Los procesos de Ley 3040 (Violencia Familiar) son notoriamente los de mayor número. Representan el 45,63% del total, seguido de los divorcios (8,66%) y de las prestaciones alimentarias (6,71%).
Además los jueces de Familia, en el mismo periodo, dictaron 7.261 sentencias y realizaron 1.262 audiencias.
La información surge del Anuario Estadístico que elabora el Centro de Planificación Estratégica del Poder Judicial de la provincia.