El Juez de Juicio Marcelo Barrutia homologó acuerdo pleno de procedimiento abreviado y condenó a dos años de prisión en suspenso y pautas de conducta a Julio Héctor Urzainqui, argentino, chófer, mayor de edad, vecino de esta localidad, como autor penalmente responsable de los delitos de Lesiones Graves y Homicidio Culposo, en concurso real, agravado por conducción antirreglamentaria de un automotor.
En audiencia oral y pública los Fiscales Betiana Cendón y Marcos Sosa Lukman -Adjunto- detallaron la composición del hecho en el que se ha arribado a este acuerdo pleno, con conformidad de la querella en representación de la víctima y con la defensa, en este caso ejercida por el Defensor Oficial Dr. Marcos Ciciarello.
El hecho que llega a este acuerdo pleno, se investigó bajo el anterior sistema penal con la instrucción del Juez Burgos. De auerdo a la imputación fiscal, el mismo ocurrió en fecha 17 de enero de 2015 a las 0:10 horas, cuando Julio Héctor Urzainqui conducía un camión Mercedes Benz por Avenida Esandi en sentido Noroeste-Suroeste de manera incorrecta, ya que lo hacía por el centro de la calzada, sin respetar los carriles. De esta manera, comienza a doblar hacia la derecha para ingresar a la calle Monteverde. En este accionar, obstruyó el paso de una motocicleta que era conducida por Gabriel Córdoba y como acompañante iba Florencia Bague. El conductor de la moto intentó sobrepasar al camion por la derecha, para resolver la situación y perdió el control derrapando y cayendo, sufriendo fracturas. Por su parte la joven Bague falleció arrollada por las ruedas del camión. El hecho ocurrio por culpa de Urzainqui señaló la Fiscalía, ya que condujo de manera antirreglamentaria y negligente sin respetar las normas. La ley indica de debía circular por el costado mas próximo al lugar adonde pretendía doblar y tampoco accionó la luz de giro. El hecho fue calificado como Homicidio Culposo y Lesiones Graves Culposas en concurso real, agravado por la conducción antirreglamentaria del automotor.
Al momento de enumerar los elementos probatorios reunidos a lo largo de la investigación, la Fiscal Cendón hizo especial mención a la voluntad que han tenido todas las partes, incluida la familia de la víctima fatal en arribar a este acuerdo pleno, voluntad que se vio reflejada en diversas reuniones y acercamientos realizados por los intervinientes. Solicitó además la pena de dos años de prisión en suspenso y la inhabilitación de cinco años, para conducir. Además de las pautas de conducta. Por su parte, la querella en representación de la familia de la víctima, señaló la aceptación del acuerdo que presentó la Fiscalía, el que también tiene como objetivo finalizar la litigiosidad y proseguir actuaciones en sede civil. Destacó la participación de una pericia mecánica de su parte, la que en líneas generales coincidió con la pericia oficial, "..fue importante al momento de sobreseer a uno de los imputados, el conductor de la motocicleta." señaló la abogada Bernardita Aburto Villegas. El Defensor Cicciarello no tuvo objeciones que formular, toda vez que se ha permitido con este acuerdo, superar el conflicto primario y se ha trabajado con los familiares de la víctima
Al momento de resolver, el Juez Barrutia y previo a interrogar al imputado si estaba de acuerdo con el acuerdo arribado y entendía los alcances, -al que respondió de manera afirmativa- destacó el trabajo profundo realizado por todas las partes y homologó el mismo, notificando a Urzainqui la importancia del cumplimento de las pautas impuestas, y en caso de incumplimiento la condena se convertirá en efectiva.
Comunicación Judicial
Tercera Circunscripción