El Auditor General estuvo acompañado por la secretaria Laboral del Superior Tribunal de Justicia, Stella Maris Gómez Dionisio, y los secretarios de actuación de la Auditoría, Gustavo Gelosi y Maria Paula Scavo.
Durante los tres días analizaron, como es habitual, expedientes en trámite, planillas de gestión, registros informáticos y mecanismos de trabajo de ambos Tribunales para determinar el estado general de las actuaciones y el cumplimiento de los plazos procesales, teniendo también en cuenta una presentación realizada por el Colegio de Abogados de Roca en la que los profesionales manifestaron preocupación por el atraso en la resolución de algunos litigios.
Concentración de expedientes
Las dos Cámaras del Trabajo de Roca concentran más de 32,5% de todos los procesos laborales que se inician en la provincia cada año, según las estadísticas judiciales 2018. Las dos suman 1.383 ingresos, del total de 4.255 nuevos expedientes laborales que se inician entre las Cámaras de Viedma, Bariloche, Cipolletti y Roca.
Según los registros del Centro de Planificación Estratégica, existe una “disparidad en la cantidad total de audiencias para cada una de las Cámaras”. Sumando las “audiencias de conciliación” y de “vista de causa”, que son las más relevantes del proceso Laboral, surge que la Cámara Primera de Roca realizó 970 audiencias en 2018 y la Cámara Laboral Segunda realizó 1040. La Cámara Laboral de Cipolletti, que le sigue a las de Roca en cantidad de audiencias de realizadas en 2018, registró un total de 638.
Es en Cipolletti, al igual que en Bariloche, donde mejor se advierte el impacto positivo de la conciliación laboral prejudicial para una mayor celeridad y mejor composición de intereses en los conflictos laborales. Este modelo de conciliación se aplica de manera voluntaria en Viedma, Roca y Bariloche y de forma obligatoria, a modo de prueba piloto, en Cipolletti. Mediante ese proceso, las partes en conflicto pueden alcanzar un acuerdo antes de iniciar un juicio, estando debidamente asesoradas y con la asistencia de un conciliador laboral matriculado. Al verificarse que ese acuerdo cumple con todos los requisitos legales de orden público, el mismo es homologado por las Cámaras del Trabajo y cobra inmediatamente fuerza de sentencia.