Recordó el magistrado que el artículo 239 del Código Penal reprime “con prisión de quince días a un año el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal”.
El imputado en este juicio es el médico Leandro Rodríguez Lastra.
Reglas de Brasilia sobre acceso a la Justicia
Las Reglas de Brasilia sobre acceso a la Justicia de las personas en condición de vulnerabilidad, de aplicación obligatoria en el Poder Judicial, establecen que se considera en condición de vulnerabilidad aquella víctima del delito que tenga una relevante limitación para evitar o mitigar los daños y perjuicios derivados de la infracción penal o de su contacto con el sistema de justicia o para afrontar los riegos de sufrir una nueva victimización.
“Se procurará que el daño sufrido por la víctima del delito no se vea incrementado como consecuencia de su contacto con el sistema de justicia (victimización secundaria) y procurarán garantizar, en todas las fases de un procedimiento penal, la protección de la integridad física y psicológica de las víctimas sobre todo a favor de aquéllas que corran riesgo de intimidación, de represalias o de victimización reiterada o repetida”, establecen las Reglas de Brasilia (regla N°12).