La compañía de seguros alegó que ambas partes habían arribado a un acuerdo que consistía en entregar un cheque por 25.000 pesos. Una vez percibida esa suma, la clienta no tendría nada más que reclamar por ningún concepto.
Ante esa situación, la mujer inició una demanda por “menor cuantía” que tramitó ante el Juzgado de Paz de Cipolletti. Consignó que reclamó la cobertura para reparar el hundimiento del baúl y el correspondiente arreglo de la chapa, ya que el choque había sido en la parte trasera de su vehículo. Luego de desarmar la parte del automotor, el mecánico le informó que la cerradura también estaba rota y que costaba 21.923 pesos.
La jueza Gabriela Lapuente hizo lugar a la pretensión con sustento en lo dispuesto por el plexo normativo conformado por el Código Civil y Comercial de la Nación -Arts. 1.708 y siguientes- y la Ley de Seguros N° 17.418, arts. 1, 11, 46 y concordantes, con las condiciones y alcances de la póliza denunciada.
Por ello la aseguradora deberá cubrir los gastos extras que demandaron la reparación de la cerradura por el monto de 21.923 pesos, además de los 25.000 pesos ya liquidados.