“El remedio en examen no logra refutar la decisión adoptada ni acreditar la violación del doble conforme ni la existencia de absurdo o arbitrariedad de entidad suficiente como para habilitar esta vía excepcional (Fallos 133:298, 210:554 y 255:262, entre muchos otros), lo que sella su suerte adversa”, se estableció en este último fallo.
El atraco ocurrió el 28 de agosto de 2015 y el 5 de septiembre de 2017, la Cámara Segunda en lo Criminal de Cipolletti condenó a Castillo por el delito de robo calificado por el empleo de arma de fuego, en concurso ideal con portación no autorizada de arma de fuego de uso civil y le impuso la pena de 11 años de prisión. Esa sentencia fue confirmada luego por el STJ.
Surgió de la acusación que a las 13 horas del 28 de agosto en la empresa Pollolín S.A., previo acuerdo y distribución de tareas, el acusado Pablo Gabriel Castillo, portando un arma de fuego sin la debida autorización legal y junto a dos hombres que no fueron identificados, ingresó a la zona del comedor donde se encontraban realizando el pago de premios a empleados y efectuó un disparo intimidatorio, amenazando a los trabajadores para que se quedaran callados. También golpeó a C.N en la cabeza con la culata del arma, mientras sus consortes obligaban a algunos a tirarse al suelo y ejercieron violencia sobre otros.
Así, se apoderaron de determinado monto de dinero y salieron del lugar en un vehículo VW de color rojo, dominio con terminación 253, que se encontraba en calle San Luis y cuyo conductor no fue identificado, y se fugaron.