Genovese y Monge recibieron tres años de prisión en suspenso y cinco años de inhabilitación para ejercer la profesión de ingenieros. Y Marino la pena de dos años y seis meses de prisión en suspenso.
Las penas fueron acordadas en el juicio de cesura entre la fiscalía, la defensa y la querella representada por los padres de Mauro Malmoria. Anteriormente se había realizado el juicio de responsabilidad.
Por la fiscalía participaron el fiscal jefe Gustavo Herrera y la adjunta de la fiscalía de Catriel Analia Díaz.
Los imputados también fueron alcanzados por la calificación de lesiones graves culposas por otros tres hombres que resultaron con consecuencias en su salud, producto del hecho imputado.
El tribunal de Cipolletti que dictó las condenas estuvo integrado por las juezas María Florencia Caruso, Alejandra Berenguer y Laura González Vitale.
El Tribunal de Impugnación que analizó los recursos de impugnación interpuestos por los defensores se integró con la jueza María Rita Custet Llambí y con los magistrados Adrián Fernando Zimmermann y Carlos Mohamed Mussi.
Sostiene el fallo que rechazó los recursos: “coincido con el criterio de atribución de responsabilidad seguido por el Tribunal de juicio. La intervención en el hecho supone, como lo ha explicitado la sentencia de marras, un juicio normativo a partir de las competencias de cada uno de los imputados, analizando la extensión de su ámbito de dominio y los deberes que regulan su actuación. En definitiva, el concepto principal es del hecho, y en relación con este determinan los grados de apropiación del suceso. Por ende, los autores o participes, aun asumiendo la noción de accesoriedad, responden por un injusto propio en tanto cada uno se apropia del hecho a través de algún riesgo jurídicamente desaprobado (…) Se acreditó con el grado de certeza que requiere el dictado de una sentencia definitiva, que los imputados han omitido las obligaciones a su cargo, correctamente descriptas en la plataforma de acusación y en consecuencia, deberán responder por las omisiones a su cargo, ello en razón no solo de empleador, sino de las obligaciones (deberes de cuidado) impuestas y asumidas en los roles ejercidos en la obra”.
El hecho imputado ocurrió en noviembre de 2016 momento en que Genovese, en su carácter de responsable de seguridad e higiene, Monge, en su carácter de responsable técnico y Marino, presidente del directorio de la empresa Rimsol S.A “actuaron negligentemente, violando el deber de cuidado”. Rimsol S.A había sido contratada por la municipalidad de Catriel para la obra de reemplazo de colectores cloacales en las calles San Martín, Córdoba y General Roca.
El 19 de noviembre de 2016, una cuadrilla integrada por Malmoria y otros cuatro obreros estaban trabajando en la cámara de cloacas. Malmoria descendió a una de ellas sin el equipamiento de protección adecuado y por la gran concentración de gas sulfhídrico perdió la conciencia, se desmayó y luego murió.