Nov 22, 2024 Última actualización 12:03 PM, Mar 9, 2023

Bariloche: se realizó audiencia de juicio abreviado por robo calificado

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En el marco de la tramitación de causas que continúan en el sistema de la ley 2107 con sus jueces naturales, asistidos por la Unidad Transitoria de la Oficina Judicial, la Cámara Segunda del Crimen de Bariloche, realizó audiencia de Juicio Abreviado.

En la oportunidad el Fiscal Eduardo Fernández solicitó se imponga a Diego Antonio Cid, argentino, mayor de edad, la pena de tres años de prisión efectiva como autor penalmente responsable de Robo Calificado por Efracción.

El Defensor particular del imputado Dr. Horacio Brucellaria aceptó el acuerdo, toda vez que su defendido aceptó su participación y autoría, en convergencia intencional y acuerdo de voluntades con Agustín Santoro, también imputado en la causa.

Los hechos imputados por la Fiscalía ocurrieron el 6 de abril pasadas las 18:30 en una vivienda ubicada en el barrio Pájaro Azul. En la oportunidad los nombrados, violentaron un sistema de alarma y forzaron una ventana para acceder al interior de la vivienda y apoderarse de varios elementos.

En otro hecho, ocurrido una hora más tarde, y a bordo de un automóvil, rompieron el cerco de otra vivienda ubicada en la ruta provincial 77. Allí también violentaron una ventana pero debieron huir al ser detectados por un sensor de movimiento que disparó la alarma. Finalmente y luego de un llamado telefónico al 911 fueron detenidos por efectivos policiales.

El Presidente del Tribunal, Héctor Leguizamón Pondal, dejó constancia,  en la celebración de la audiencia, que en estas actuaciones no hay concurso real sino continuidad de acción. Asimismo se consignó que el imputado Cid registra condenas y gozaba de libertad condicional. En este marco se requerirá el informe pertinente al Juzgado de Ejecución a efectos de unificar pena.

Con respecto al imputado Santoro, su defensor Marcos Cicciarello, requirió al Tribunal audiencia en el marco del Art. 65 que preve la suspensión de la tramitación por incapacidad mental de la persona imputada. En este marco el Tribunal escuchó al Lic. Ariel Torres, Perito psicólogo y psicopedagogo, quien ratificó el informe confeccionado, - Examen mental obligatorio-, señalando a modo de resumen que Santoro no posee capacidad procesal, toda vez que presenta un estado depresivo intenso con nivel de riego , para sí y para terceros. El perito recomendó se habilite tratamiento atento la adicción de sustancias de Santoro. Posteriormente se escuchó al responsable del programa "Vida" quien informó sobre las estrategias terapéuticas que ofrece la institución que representa y tratamiento que se daría a Santoro si el Tribunal así lo autoriza.

Luego de escuchar a todas las partes, el Tribunal dará a conocer la sentencia el próximo 15 de agosto.

 

Fuente: Delegación de Comunicación Judicial de San Carlos de Bariloche

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