Luego de manifestar un dolor agudo, fue derivada a San Antonio Oeste, a Viedma y a Neuquén para hacerse estudios vinculados a su dolencia. Se la asistió médicamente, pero no pudo retornar a sus tareas habituales, por lo que se encuentra instando la concesión de una pensión graciable.
Por su parte, en la presentación judicial la empresa la empresa negó los hechos y dijo que la enfermedad era preexistente.
Los testigos ratificaron las condiciones en que se realizaban las tareas y la falta de capacitación sobre normas de seguridad e higiene. Uno de los testigos dijo que “solo les entregaban botas de goma”.
El fallo
En su parte sustancial, el fallo tuvo “acreditado que la actora realizaba tareas de fuerza considerable, en un ambiente frío, sin elementos de protección, ni ayuda suficiente. No se ha acreditado que recibieran instrucción de seguridad e higiene en el trabajo ni elementos de protección útiles a los fines de evitar que el esfuerzo pudiera resultar un factor causal de un evento dañoso”.
“Considero que con los elementos probatorios descriptos ha quedado suficientemente acreditado que la trabajadora sufrió un hecho súbito y violento al realizar un esfuerzo superior al aceptable, sin ayuda, sin los elementos de protección personal adecuado y sin haber recibido de parte de la empleadora ninguna instrucción de seguridad e higiene en el trabajo”, destacó.
Se agregó el informe del perito médico, que destacó: “existen evidencias de lesiones que en el examen de ingreso preocupacional realizado no registraba patología lumbar preexistente”.
De esta manera, la Cámara Laboral de Viedma condenó a la empresa Pesca Austral S.A. a pagar a la trabajadora casi 200 mil pesos en concepto de indemnización por accidente de trabajo.