Nov 17, 2024 Última actualización 12:03 PM, Mar 9, 2023

Prohibición de despidos: hubo otros dos casos de trabajadores reincorporados en Cipolletti

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Dos trabajadores, uno de la construcción y otro de la industria metalúrgica, recurrieron al Poder Judicial de Cipolletti para revertir su situación laboral. Ambos fueron despedidos durante la emergencia sanitaria y en vigencia del decreto nacional que prohíbe las disoluciones contractuales. En los dos fallos se ordenó la inmediata reincorporación a sus puestos.

El primer trabajador se desempeñaba, desde enero de 2019, como oficial especializado en la actividad de la construcción. Y el 26 de mayo de este año recibió una carta documento en la que le informaban que prescindían de sus servicios.

El otro caso se trató de un trabajador de la industria metalúrgica. Había ingresado en marzo y a fines de abril disolvieron su contrato.

Luego de cumplimentar los trámites formales, y al no obtener respuestas favorables de la parte empleadora, los dos trabajadores interpusieron una medida autosatisfactiva ante el fuero laboral de Cipolletti.

Ambos recursos tramitaron íntegramente por vía digital a través de la plataforma MEED que el Superior Tribunal de Justicia (STJ) instrumentó para garantizar el servicio durante el periodo de aislamiento social. Los dos fallos se conocieron esta semana.

La medida autosatisfactiva es un instituto jurídico que debe cumplir una serie de requisitos o exigencias de admisibilidad. El análisis de los dos casos sostuvo que el Decreto Nacional 329/20 fue publicado en el Boletín Oficial el mismo día de su dictado, el 31 de marzo de 2020, rigiendo de acuerdo a lo establecido en su propio texto – artículo 6to.- desde el mismo día de su publicación. En consecuencia, la prohibición de los despidos se extendió en principio por el período comprendido entre las 0 horas del día 31 de marzo hasta las 24 horas del día 29 de mayo. Luego la medida fue prorrogada.

La solución consideró el grado de urgencia en el contexto social imperante. Por ello se resolvió que  ante un despido sin invocación de causa, de fuerte impacto negativo para la fuente de trabajo, por la naturaleza alimentaria del trabajo y la posible frustración de derechos  corresponde hacer lugar a la medida solicitada y ordenar a las empresas a reincorporar en forma inmediata a los trabajadores “con más el pago íntegro de los salarios que se devengaren desde el despido hasta la efectiva reincorporación”.

Nuevos servicios y herramientas judiciales durante la cuarentena

Desde que se dispuso el aislamiento social, preventivo y obligatorio el STJ, entre otras medidas, creó la Mesa de Entradas para Escritos Digitales (MEED), habilitó las audiencias por videoconferencia, reguló las mediaciones a distancia, creó más de 600 puestos de teletrabajo, gestionó la apertura de cuentas y transferencias bancarias para sectores vulnerables, dispuso el trabajo presencial de magistrados/as, funcionarios/as y equipos mínimos con un protocolo de higiene y seguridad.

Así, 27.511 procesos judiciales tuvieron continuidad, 5.589 legajos fueron iniciados por el Ministerio Público, se dictaron más de 1.700 sentencias, más de 4.500 personas atendidas por la Defensa Pública Civil y de Familia, 17.848 presentaciones se hicieron por la MEED y 1.599 mediaciones y conciliaciones a distancia fueron programadas.

 

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