La mujer iba a su trabajo. Por la violencia del impacto, su cuerpo y pegó contra el parabrisas. Como consecuencia del accidente sufrió traumatismos múltiples, fractura de clavícula izquierda, herida cortante en el cuero cabelludo, y fue trasladada al Hospital Zatti.
A la hora de analizar las causas y culpas del siniestro vial, la jueza civil tuvo en cuenta las pericias de especialistas y las declaraciones de testigos, junto a otras pruebas.
Entre los puntos a dilucidar se destacaban la velocidad del automóvil y si la mujer cruzó por la senda peatonal.
Para la jueza, quedó probado que la víctima “inició el cruce por la senda peatonal, para luego desviarse unos metros”. Sin embargo, este desvío “incide en el nexo causal” pero “no excluye la responsabilidad del conductor que no observó el pleno dominio que sobre la máquina exige la ley que se tenga en todo momento”.
De esta manera, consideró que el conductor debía hacerse cargo en un 70 por ciento de los daños producido y la peatona, del 30 por ciento.
En cuanto a la póliza, explicó: “la responsabilidad del asegurador comienza a las doce horas del día en el que se inicia la cobertura y termina a las doce horas del último día del plazo establecido, salvo pacto en contrario”.
De esta manera, condenó al conductor a pagar el resarcimiento por la incapacidad parcial permanente en un 70 por ciento, el daño emergente por gastos y el daño moral, totalizando poco más de 600 mil pesos más los intereses.