Entre otras consecuencias, la moto se incendió porque perdió combustible y él debió tirarse a un canal de agua para sofocar las llamas que lo habían alcanzado. Pretendía un resarcimiento por una suma superior a los 300 mil pesos entre gastos de farmacia y asistencia médica, daños en la moto y en su vestimenta y objetos personales.
Hubo escasa actividad probatoria en el proceso civil, aunque se desprendió de un testimonio aportado en la causa penal que el motociclista circulaba por la banquina violando con el artículo 48 de la Ley de Tránsito. En ese fuero el conductor del Regata también resultó sobreseído.
La sentencia sostiene que la Ley de Tránsito en su artículo 48 inciso “c” expresa que “está prohibido en la vía pública a los vehículos, circular a contramano, sobre los separadores de tránsito o fuera de la calzada, salvo sobre la banquina en caso de emergencia”.
“La circulación por el actor con su moto sobre la banquina fue una maniobra riesgosa, que derivó en el consecuente desenlace desafortunado, y provocó la ruptura del nexo causal, liberando de responsabilidad al accionado, máxime que intentó trasponer la encrucijada sin contar con prioridad de paso”, se concluye en el fallo.
El caso se resolvió antes de las medidas dispuestas por la pandemia del Covid-19. En consecuencia las partes ya fueron notificadas.