Un “planchazo” le rompió la rodilla: el jugador rival, los clubes y la liga de fútbol deberán indemnizarlo
Un durísimo “planchazo” del rival en la rodilla le rompió los ligamentos a un jugador de fútbol amateur y ahora el autor de la falta, su club, el club del jugador lesionado y la Liga organizadora del torneo deberán indemnizarlo.
Todos recuerdan que aquel partido de la Liga Avellaneda entre el Club Atlético Chimpay y el Club Atlético Darwin, que se jugó en la cancha del Club Sportivo Belisle, había sido tenso. Faltando dos minutos para el final, el marcador seguía empatado y el partido ya acumulaba seis amonestados y dos expulsados.
El hombre de Chimpay, de 27 años, era jugador amateur y trabajador rural. Terminaba de disputar la pelota con el 10 de Darwin cuando irrumpió en la jugada el autor de la falta con su pierna izquierda levantada. El botín impactó con fuerza en la cara interna de la rodilla derecha y el jugador de Chimpay terminó en el suelo, con una “ruptura grave de ligamentos, lesión del ligamento cruzado posterior, ligamento cruzado anterior y menisco interno”.
El autor de la falta fue expulsado y suspendido. El herido fue operado en Roca, necesitó tres meses de muletas, perdió el trabajo y nunca más pudo jugar al fútbol. La rehabilitación está incompleta y probablemente necesite nuevas operaciones para recuperar la estabilidad de la rodilla.
Resarcimiento millonario
La sentencia le reconoció 1.200.000 pesos por daño moral más una suma cercana a los 180.000 pesos por el lucro cesante, los gastos médicos y de farmacia y los gastos de traslado y asistencia que necesitó hasta ahora el damnificado, dejando las puertas abiertas para incrementar esos últimos rubros cuando el hombre finalmente se someta a las intervenciones necesarias para recuperar la funcionalidad plena de su pierna derecha.
“Una jugada desafortunada”
Tanto el autor de la falta como su club afirmaron que la lesión fue “producto de una jugada desafortunada, donde se disputaba con pasión la pelota, ya durante la culminación del encuentro, donde la pelea por el balón se ve exacerbada tanto por los mismos participantes como por el público que alienta y motiva a su equipo para que dejen todo en la cancha”. Ambos negaron que el “planchazo” hubiese sido una “excesiva violación al reglamento de juego” y buscaron enmarcar la lesión en un caso fortuito.
Algo similar alegaron la Liga de Fútbol Avellaneda y el club al que pertenecía el herido: “una plancha es la disputa del balón, es una acción normal del desarrollo del juego, lo que no puede generar responsabilidad civil”, afirmaron.
Ni los clubes ni la Liga presentaron ante la justicia las planillas oficiales del partido ni las constancias del seguro que debían contratar para el resguardo de los deportistas. Tampoco presentaron el informe del Tribunal de Disciplina donde constaba la falta grave sancionada por el árbitro ni las fechas de suspensión que se le impusieron al infractor.
“Más allá de las testimoniales, una prueba central es el informe del árbitro y las actuaciones disciplinarias que debieron haberse hecho a partir del mismo, pero surge claro que en lugar de acompañarse éstas (al expediente), han sido ocultadas”, dice el fallo. Agrega que “no sólo se ocultaron tales actuaciones”, sino que todos los demandados siguieron “un relato confuso, negando incluso hasta lo innegable, como fueron las lesiones y la expulsión”, destacó la Cámara Civil de Apelaciones de Roca al confirmar -y ampliar la condena- del fallo del Juzgado Civil de Primera Instancia de Choele Choel.
Con la roja no alcanza
Para el árbitro la falta fue “juego brusco grave" y ameritó la expulsión. Para la jueza de primera instancia, esa “actitud antirreglamentaria” fue “una acción “excesiva” que viola grosera y abiertamente el reglamento del juego”, superando los riesgos esperables de la práctica normal del deporte, y por eso el afectado debe ser indemnizado. “La acción de juego desplegada por el Sr. A., al levantar la pierna en forma de plancha, fue en grado sumo riesgosa, peligrosa e imprudente y si se quiere desleal; claramente violatoria del reglamento de juego”, dijo la jueza, aclarando que la alegada “pasión” del partido “no es suficiente para justificar el accionar” del infractor.
Por su parte la Cámara, al confirmar el fallo e incrementar la indemnización por daño moral, resaltó: “Sin duda comparto con los demandados (...) el impacto que una sentencia como la apelada podría llegar a tener no solo en el patrimonio de los clubes, sino en la vida de las comunidades del Valle Medio, en la que estos cumplen un rol social de gran significación, mas no es posible por ello rechazar un reclamo indemnizatorio que se encuentra sólidamente justificado”.
“Nadie concurre a un partido y mucho menos amateur para ser lesionado como consecuencia de una falta al reglamento del juego. Y si este resultado -no habitual ni querido- se produce, las instituciones deben responder, debiendo para ello tomar adecuadas previsiones, incluyendo la cobertura de seguros que en el caso no han demostrado se hubieren contratado. Si no se aseguraron ni adoptaron otras medidas para atender estos infortunios, deben cargar con las consecuencias de su omisión”, sostuvo la Cámara.