Nov 16, 2024 Última actualización 12:03 PM, Mar 9, 2023

Ordenan destruir el arma de fuego que se utilizó para amedrentar a una mujer

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La Cámara Civil de Cipolletti ordenó destruir el arma de fuego que un hombre utilizó para ejercer violencia de género en contra de su expareja. El caso se judicializó en 2018 en el Juzgado de Paz y luego intervino el fuero de Familia. Se dictaron prohibiciones de acercamiento pero como el denunciado utilizó una 9 milímetros se dispuso el secuestro de la pistola. Tampoco cumplió el tratamiento psicológico por ello la ANMAC ahora tiene permiso para demolerla.

Durante el trámite en el Juzgado de Familia de Cipolletti se adoptaron medidas para proteger a la victima pero luego surgió en una audiencia que los hechos de violencia se habían reiterado. Puntualmente la mujer denunció que su expareja había golpeado a un compañero de trabajo suyo y que en ese episodio portaba un arma de fuego.

En consecuencia un juez ordenó el secuestro de la pistola semiautomática 9mm marca Bersa. Para recuperarla el hombre debía acreditar la realización de un tratamiento psicológico.

Durante 2019 el denunciado acompañó diversas constancias pero en ninguna quedó establecido fehacientemente el buen resultado de la terapia. En todas las presentaciones solicitaba la devolución de arma de fuego.

“Lo importante es que no surge -de pieza alguna- que hubiera mostrado adhesión a los objetivos por los cuales se dispuso el tratamiento, siendo que en virtud de órdenes del Juez concurrió a instancias grupales  que efectivamente finalizó. Pero de ello no se sigue que se hubiera cumplido con lo ordenado y necesario. De la misma génesis del asunto se desprende que no solo se trataba de la mera y vacua concurrencia, sino que era menester alcanzar los objetivos terapéuticos con resultados beneficiosos”, dice el fallo respecto al frustrado tratamiento psicológico.

Como el hombre no cumplió con la condición, la pistola secuestrada no fue restituida. En consecuencia se le dio intervención a la ANMAC (Agencia Nacional de Materiales Controlados) para la destrucción del arma de fuego.

En la apelación, el denunciado alegó que se afectaba su derecho a la propiedad pero el tribunal desestimó sus argumentos.

La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Minería y Familia de Cipolletti sostuvo que no es ocultable la seria problemática que se plantea a raíz del protagonismo que adquieren las armas de fuego en cualquier situación de conflicto, pero más aún en asuntos de violencia familiar.

Que en estas situaciones, las armas de fuego llevan consigo un riesgo de carácter superlativo, no sólo por consumar las expresiones más extremas de violencia, sino también por los efectos que se derivan de su sola exhibición, los cuales facilitan y consolidan los estados de sojuzgamiento, sumisión y dominación que caracterizan las violencias domésticas y de género.

Reafirmó el tribunal que las armas de fuego, en contexto de violencia de género, edifican y sostienen relaciones de poder desiguales, generando estados de indefensión, consolidando asimetrías de edad o de género, coaccionando a las personas más vulnerables, pues encuentra sobreentendida una intimidación (expresa o implícita) que restringe la seguridad personal, a la vez que provoca temor, desasosiego y falta de libertad para tomar las decisiones importantes; pero incluso también las más simples y cotidianas.

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