Si bien la empresa ARSA alegó en el juicio que los daños fueron consecuencia de las obras de remodelación y planta alta que la familia realizó en la vivienda del IPPV, los arquitectos e ingenieros que analizaron las secuelas concluyeron que todo fue a causa de la erosión subterránea provocada por el agua.
Según relataron los afectados, el juicio ante el Juzgado Civil N° 5 de Roca comenzó luego de numerosos reclamos que realizaron personalmente, por nota y por cartas documento. Como sólo consiguieron reparaciones parciales pero la pérdida continuaba, hicieron certificar la filtración con un escribano público. Luego iniciaron una mediación, que fracasó porque la empresa demandada no se presentó a la instancia.
Durante el juicio, una pericia psicológica verificó además la afectación emocional que sufrió el marido y el daño psicológico concreto que la situación generó a la esposa. Por eso la demanda también prosperó por la indemnización del daño moral para ambos.
El monto final de la reparación económica -más sus intereses- se definirá en la etapa de ejecución de sentencia, una vez que quede firme el fallo que declaró la responsabilidad de ARSA, el cual aún puede ser apelado.
En la futura instancia de ejecución, con la participación esencial de un perito ingeniero, se deberá diseñar y presupuestar la obra de reparación integral de la casa. Una vez finalizados los arreglos, se deberá calcular la eventual desvalorización de la propiedad y, mientras duren los trabajos que deberá costear la empresa, ésta deberá también pagar el alquiler de una vivienda de similares características para que pueda ser habitada por la familia.