Una señora fue engañada por estafadores que le informaron por teléfono que había ganado 220 mil pesos y un televisor led, la hicieron ir a una sucursal del banco en calle Gallardo, en Viedma, le pidieron la clave, sacaron un préstamo y le robaron el dinero. Un fallo judicial obligó a la entidad crediticia a dejar de cobrarle las cuotas y a devolverle las que ya les habían descontado.
Todo comenzó cuando la mujer recibió un llamado telefónico desde una línea de Buenos Aires. Le informaron que había ganado un premio y le pidieron chequear en una página web. Allí figuraban una serie de ganadores.
Siempre por teléfono, el hombre les dice que debía acercarse a un cajero y darle el número del CBU para que le depositen el dinero del premio. Concurre junto a su pareja a la sucursal del banco Patagonia de calle Gallardo.
Según relata la señora “a partir de allí todo se vuelve confuso”. Le pasan un número, le piden que genere un código de letras. Siempre en comunicación por teléfono, tanto con ella como con su esposo, el operador le pide que espere unos minutos para poder chequear que esté hecho el depósito del premio.
La sospecha del engaño
En la charla, el estafador les había contado que era de la ciudad de La Plata. Tras varios minutos esperando la transferencia, el esposo de la víctima le pregunta como estaba City Bell, cercana a la capital bonaerense. “No conozco a nadie con ese nombre”, contestó el operador.
Ya con sospechas, le pide a su esposa que cambie la clave del home banking, pero el interlocutor les advierte que si entraba a la cuenta, se bloquearía. Finalmente, constataron que habían sacado un préstamo por casi 170 mil pesos y se lo habían transferido a cuentas bancarias desconocidas.
La víctima relató que los hechos ocurrieron un domingo, por lo que llamaron a un 0800 del banco, pero nadie los atendió. Al otro día fueron personalmente a la sucursal, “en donde tomaron nota del reclamo, le manifestaron que pasarían todo al departamento de investigaciones y que en diez días tendría una respuesta”. Sin embargo, relataron que “ante el silencio del Banco presentaron dos notas que no obtuvieron respuesta, hasta que finalmente remitió una carta documento”.
El fallo
Para la jueza, están “satisfechos los requisitos de verosimilitud y peligro en la demora” que requiere una medida cautelar de este tipo. Este instrumento procura que en el tránsito hacia la sentencia “se mantenga la situación de hecho o de derecho existente”.
De esta manera, dice el fallo, “en el afán de evitar un daño mayor observo razonable y procedente la medida solicitada, por lo que de conformidad con lo establecido en el art. 230 y cc del CPCC” le ordenó a la entidad crediticia “la suspensión inmediata de los descuentos que se le vengan efectuando en concepto de crédito otorgado” y además le prohibió al banco “cobrar por cualquier medio compulsivo”. Por último, también le imposibilitó informar al Veraz u otro sistema de deudores “durante la tramitación de la acción civil de daños y perjuicios”. Además, deberá devolverle las cuotas ya pagadas de los préstamos obtenidos por los estafadores.