La víctima, de 41 años, aceptó acompañar a un conocido suyo desde Cipolletti hasta Roca. Viajaban en un Peugeot 206 con otras dos personas y en inmediaciones del acceso Güemes de Allen, por la Ruta 22, protagonizaron un siniestro vial con un camión Mercedes Benz con acoplado.
Según la mecánica del accidente, el Peugeot realizó una maniobra de adelantamiento y el camión, repentinamente, dobló a la izquierda para ingresar a Allen. Pese a la frenada del auto más chico, la colisión fue inevitable.
El fallo de primera instancia concluyó que tanto el conductor del Peugeot como el del camión tuvieron responsabilidad por los daños provocados al hombre que iba como acompañante.
En primer término, el Peugeot iba a excesiva velocidad y tenía prohibido adelantarse en un tramo de 300 metros, justamente porque había un acceso a la ciudad. El camión, en cambio, debió esperar que el resto de los vehículos cruzaran antes de atravesar la ruta, previa señalización de la maniobra considerada “riesgosa”. Todas esas previsiones están determinadas en la ley nacional de Tránsito.
Se fijó una indemnización a favor del hombre que iba como acompañante en la suma de 1.010.051,72 pesos. Y se estableció en el fallo que deberán responder en un 50% cada uno los dos conductores, el del Peugeot y el del Mercedes Benz, y sus compañías de seguros.
La sentencia fue apelada por las partes, aunque la Cámara Civil de Cipolletti confirmó lo resuelto en la primera instancia.
El damnificado falleció tiempo después y sus hijos continuaron con el trámite para poder cobrar la indemnización establecida.