La joven ahora tiene 19 años y estuvo acompañada en el juicio por una fiscal de Cipolletti y por la Oficina de Atención a la Víctima. Ya en etapa de juicio, la víctima se mostró interesada en expresar lo que sentía y en contar cuales eran sus expectativas con el proceso judicial.
El tribunal la escuchó y luego consensuaron una respuesta institucional acorde a su petición y a lo que establece la ley. En su exposición, la víctima narró los hechos sucedidos cuando ella era una niña de diez años. Esporádicamente iba a dormir a la casa de sus primas y en ese contexto su tío político le tocó las piernas y los glúteos. Sostuvo que no pretendía la pena máxima, sino que para ella significaba una reparación el hecho de que el imputado aceptara que lo que hizo estuvo mal. Dentro de su proceso de superación le bastaba, aseguró, con haber visibilizado la situación ya que su familia le atribuyó por años algún grado de responsabilidad en los hechos.
Finalmente, el imputado y su defensor particular aceptaron un juicio abreviado. Por abuso sexual simple el Código Penal de la Nación contempla penas en suspenso.
El acusado, sin antecedentes, admitió los hechos y la condena de seis meses en suspenso. El Tribunal homologó el acuerdo, consideró el pedido de la víctima y entre las pautas de conductas impuso una prohibición de acercamiento y contacto a la joven y la obligación para el condenado de realizar tratamiento psicológico.