La mujer también realizó una denuncia penal. Todo comenzó cuando la cecina publicó por Marketplace, la plataforma de ventas de Facebook, la venta de una silla. Un presunto comprador se comunicó, pactó la venta y el mismo día esa persona le envió un comprobante de pago proveniente del Banco Galicia por la suma de $325.000, cuando el valor del producto ofertado era de $3.250.
El presunto comprador le manifestó que por error había depositado de mas y le solicitó el reembolso del dinero mal transferido. Continúa diciendo que al no ver reflejado el dinero en su cuenta, sino que veía una transferencia de un pesos se lo hizo saber a su interlocutor.
Este le le manifestó que su señora había suspendido la transferencia y que se comunicaría con ella un agente del banco para informarle cómo revertir la situación para poder de esa manera devolver el dinero.
Tras unos minutos recibió la llamada telefónica del supuesto representante del banco en cuestión, con característica de Capital Federal, quien le manifestó que por un error en que habían incurrido sus clientes procederían a bloquear su cuenta porque era muy alto el monto transferido y eso hacía que se considere una operación sospechosa y que para poder solucionar la situación debía acercarse a un cajero automático de su banco y seguir las instrucciones que le brindarían durante la llamada.
Entonces, la vecina se acercó al cajero automático de sucursal Sarmiento, ingresó la tarjeta y la clave, que su interlocutor le indicó que debía cambiar la clave y reemplazarla por otra que ellos le indicarían. Luego tenía que salir y volver a ingresar con el usuario y clave nueva y generar la clave token que le fue solicitada por el interlocutor.
Finalizada la operación aquella persona le solicitó que se mantenga en línea y que vaya ingresando al correo electrónico donde le llegarían los mails con números y letras que debía comunicar, que repitió varias operaciones.
Sostiene que como toda la operación le había llevado tanto tiempo, le manifestó al interlocutor que se tenía que ir a trabajar, que no podía continuar y se retiró del cajero automático.
Como habían pasado las horas y el estado de bloqueo de su cuenta no se normalizaba comenzó a preocuparse y fue en virtud de esa razón que el día al otro día se apersonó al banco para requerir mayor información y allí le informaron que la cuenta estaba bloqueada porque había cambiado la clave del homebanking y que tenía acreditado en su cuenta dos préstamos personales por el monto de $150.000 y $40.000 como asimismo transferencias a través de tres DEBIN por los montos de $100.000, $48.000 y $40.000 a distintos CBU.
En su presentación contó que en un estado de desesperación requirió que se reviertan las operaciones aludidas en tanto habían sido realizadas sin su conocimiento ni voluntad.
Afirmó que en la entidad bancaria le informaron que primero debía realizar la denuncia penal y luego regresar. Manifestó que ese mismo día, en horas de la mañana salió del banco y se dirigió al Ministerio Público Fiscal donde radicó la denuncia.
Una vez efectuada la denuncia volvió al banco, donde le informaron que la misma ingresaría al área de investigación correspondiente y que, de igual manera, debía pagar los préstamos, ya que los mismos habían sido correctamente otorgados y en cumplimiento de las disposiciones del BCRA.
Realizó un reclamo al banco, que le fue rechazado por escrito.
El fallo
La medida del juez recordó que las cautelares no resuelven el fondo de la cuestión, sino que tienen por objeto evitar un daño mayor. En este caso, “se verifica el peligro de la demora, en cuanto a la detención de los descuentos que efectúa dicha entidad bancaria. Esto así, frente a la situación que en principio se presenta como crítica y de vulnerabilidad”.
El magistrado consideró que en las constancias “este estado, resultan suficientes, en la tarea de evitar que el mantenimiento de la situación, pudiera ocasionar un daño grave e irreparable” e hizo lugar al pedido ““en el marco del principio protectorio del consumidor”.
De esta manera, notificó al banco Patagonia que se suspendan los débitos originados por los préstamos otorgados, por la suma de $150.000 y $40.000, como así también los conceptos derivados de los mismos, como comisiones, otros cargos, intereses resarcitorios o punitorios, o cualquier otro relacionado con los citados préstamos, hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo