En el legajo del fuero Penal se probó que el día del episodio observó a su expareja en la calle. En esas circunstancias, le cruzó el camión a la mujer y le recriminó que no le permitía visitar a sus hijos. La prohibición de acercamiento había sido dispuesta por el juez de Paz local y ratificada por una jueza de Familia de Cipolletti. La medida le impedía acercarse a su ex pareja y a sus hijos a menos de 500 metros por hechos de violencia de género. Ocurrió en una localidad del Alto Valle aunque la ciudad no se consigna aquí para evitar la identificación del grupo familiar.
En el juicio penal, la fiscalía acusó al hombre por el delito de desobediencia a una orden judicial, en contexto de violencia de género. Como el imputado no tenía antecedentes, las partes acordaron una pena de tres meses de prisión de ejecución condicional. Pero entre las pautas de conducta se estableció que el condenado deberá someterse a un examen tendiente a determinar si es necesario un tratamiento psicológico para el control de impulsos y en su caso completarlo. También tendrá que cumplir con un curso de masculinidad por intermedio del municipio de su ciudad. Se renovó, además, la prohibición de acercamiento en un radio de 500 metros. El incumplimiento de cualquiera de esas pautas tendrá como consecuencia la revocación de la condicionalidad de la pena, que devendrá en cumplimiento de cárcel efectiva.
La violencia de género en números
En lo que va del año los Juzgados y Unidades Procesales de Familia de la provincia de Río Negro recibieron 9.153 nuevas causas y el 58 por ciento de esos ingresos (5.352 expedientes) corresponden a violencia familiar y de género. Entre los procesos más frecuentes, le siguen los divorcios y los reclamos por prestación alimentaria.