La aseguradora aceptó el siniestro sin reparos, brindó el tratamiento correspondiente y otorgó el alta médica con incapacidad. Pero para el cartero las secuelas de su mano implicaron una incapacidad mayor a la reconocida y por ello inició la demanda.
El apoderado de Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo SA se presentó, contestó la demanda, solicitó su rechazo, en la convicción que habían hecho todo lo que correspondía. Se llamó a las partes a audiencia de conciliación pero no se celebró por desinterés de la parte demandada.
El perito médico explicó “del examen de la mano derecha surge que el actor tiene una lesión de la falange distal en el dedo mayor, que se observa con alteración del eje anatómico y asimétrico con los dedos vecinos”. En definitiva, tenía una incapacidad levemente superior a la diagnosticada inicialmente.
Los jueces tuvieron en cuenta que “si bien la A.R.T. no abonó el importe indemnizatorio liquidado administrativamente, debe considerarse que no se encuentra en mora, por cuanto el trámite no continuó por desinterés del actor”.
Por último, la Cámara Laboral de Viedma condenó a Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. a abonarle al cartero en concepto de indemnización por la incapacidad laboral reconocida la suma de 586.534 pesos, más intereses.