Sin embargo, la mujer pudo demostrar que el accidente ocurrió en el galpón y que las consecuencias perjudiciales en su salud física y psicológica fueron exclusivamente derivadas de aquel esfuerzo puntual, pero asociado con la afectación paulatina de su salud durante 11 temporadas, en las que trabajó en el empaque con “mecanismos traumáticos, movimientos repetitivos y posturas inadecuadas durante jornadas prolongadas”, que “resultaron ser las condiciones nocivas a las que se vio expuesta la trabajadora y que provocaron el daño en su salud”, según reconoció la sentencia.
Una excompañera del galpón que declaró como testigo en el juicio laboral describió que durante las jornadas de trabajo de 8 horas diarias las mujeres levantaban del piso a la cinta, “de manera constante y sin ayuda externa”, alrededor de 100 jaulones con fruta, que pesaban entre 22 y 23 kilogramos.
El fallo de la Cámara Laboral Segunda de Roca precisó que la señora, quien tenía 51 años al momento del accidente laboral, quedó afectada por una incapacidad laboral permanente del 36 por ciento y ordenó a la ART que le pague una indemnización de 5.600.000 pesos.
Además, el fallo ordenó a la Aseguradora que le brinde las prestaciones de tratamiento psicoterapéutico “orientado a disminuir la sintomatología de la actora y mejorar su calidad de vida”, tal como lo recomendó la perita psicóloga que intervino en el juicio.
La psicóloga dictaminó que la mujer “se encuentra atravesando un estado de neurosis post traumática reactiva” asociada con varios síntomas como “disminución de su nivel energético, restricción, represión, inseguridad o ansiedad, timidez, falta de autoconfianza y vacilación de la conducta, entre otros”, como consecuencia de la lesión y de las secuelas irreversibles en su hombro.
En tanto que el perito médico dictaminó una “limitación funcional de hombro izquierdo” de carácter irreversible, especialmente para los movimientos de rotación y elevación del brazo hacia adelante y hacia el costado del cuerpo.