Los hechos que se tuvieron por acreditados ocurrieron entre los años 2010 y 2011, en el domicilio de la víctima. La niña, quien por entonces tenía entre 4 y 5 años, quedaba al cuidado de su abuelo cuando su mamá iba a trabajar. En ese contexto el hombre cometió los abusos.
"Tengo por acreditado con la certeza que requiere esta instancia la existencia histórica de los hechos y la responsabilidad penal del acusado", sostuvo el juez Sánchez Freytes en la lectura del veredicto, que se realizó esta mañana en Roca.
Entre la evidencia valorada mencionó la elocuente declaración que brindó la propia víctima bajo el sistema de Cámara Gesell, señalándo a su abuelo como "el autor exclusivo de los abusos en su contra", y los informes psicológicos que acreditan la credibilidad y sustento del testimonio de la menor de edad.
También reseñó el juez el modo en que los abusos salieron a la luz y fueron detectados por la madre de la niña, hija del imputado, quien radicó la denuncia penal.
Para tener por acreditado el delito de corrupción de menores agravada, los jueces coincidieron con la fiscal del caso, Teresa Giuffrida, al considerar que "los actos abusivos sexuales resultaron prematuros, excesivos y perversos, con plena capacidad para torcer el desarrollo sexual natural de la víctima".
La próxima instancia del proceso es el juicio de cesura, donde la fiscalía y el defensor particular del imputado expondrán la prueba y los alegatos referidos al monto de la pena que corresponderá aplicar al condenado.