En un primer momento el hombre mantuvo su situación de libertad pero cuando el STJ confirmó la condena de la Cámara Primera en lo Criminal de Cipolletti no fue posible la notificación de esa decisión puesto que no lo encontraron en el domicilio que él mismo había informado al Tribunal.
De las averiguaciones surgió que el hombre supuestamente pernoctaba en Centenario pero también lo hacía en el domicilio de su pareja y madre de la víctima, en Cinco Saltos, donde además tenía prohibido acercarse porque así lo dispuso el Tribunal en la sentencia.
En ese contexto, el condenado fue declarado en rebeldía y, una vez ubicado, los jueces dictaron su prisión preventiva con el argumento de que se había suscitado un “claro caso de simulación de residencia”.
El hombre había sido condenado el 28 de diciembre de 2015 y la prisión preventiva recayó el 9 de marzo de 2017.
La defensa pública interpuso una casación que fue denegada y en consecuencia un recurso de queja ante el STJ. Los jueces rechazaron esa última presentación y, recientemente, el condenado insistió con un recurso extraordinario federal que también fue denegado por el STJ.
En este contexto el hombre continuará con prisión preventiva.