Sep 12, 2024 Última actualización 12:03 PM, Mar 9, 2023

Una camioneta Renault Kangoo obstruyó la circulación en la calle Alem, casi esquina Sáez Peña de Cipolletti y provocó un accidente que involucró a un motociclista de 22 años. Deberá indemnizarlo en más de 150 mil pesos.

La pericia accidentológica concluyó que la moto embistió a la camioneta, sin embargo el vehículo utilitario se interpuso en la normal circulación del tránsito y por eso el juez de primera instancia que resolvió el caso lo consideró responsable directo de los daños provocados. La sentencia aún no está firme porque puede ser apelada.

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Un cipoleño se sorprendió cuando recibió la factura de Telefónica al advertir un exceso en el cargo de internet por 18.940,18 pesos cuando en realidad, mensualmente, abonaba una suma fija de 767,62 pesos por un Plan One de 8GB. El cliente no pagó e inició los reclamos administrativos y judiciales pero la compañía informó la deuda a un sistema de cobranzas y comenzó a recibir intimaciones. La jueza Gabriela Lapuente en un proceso de “menor cuantía” le aplicó a la firma una multa de 10 mil pesos.

En el proceso judicial no surgió que los costos del servicio de internet plus hayan estado disponibles para consulta del cliente, tampoco que el consumidor hubiera recibido información adecuada y veraz sobre la modalidad del servicio que contrató y los costos, salvo el hecho de que poseía un servicio de 8GB con un plan fijo.

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La titular del Juzgado Civil N° 21 de Villa Regina hizo lugar al amparo presentado por una mujer contra una empresa de medicina prepaga, ordenándole “la cobertura integral del tratamiento de fertilización asistida de alta complejidad” en un centro especializado de Bariloche.

La mujer es madre de tres hijos y en el nacimiento del último se realizó una ligadura de trompas. Sin embargo, en 2016 decidió revertir aquella operación mediante una nueva cirugía, tras haber tomado la decisión familiar de tener más hijos. Fue así que en abril de 2017 quedó embarazada, pero sufrió un aborto espontáneo y por indicación de su ginecólogo comenzó a hacer consultas con especialistas.

Según surge del amparo, en marzo de 2018 se afilió a Swiss Medical S.A y en abril avanzó con los estudios en la clínica especializada, donde le confirmaron un diagnóstico de “infertilidad secundaria y obstrucción tubárica bilateral”. Por eso solicitó a la prepaga la autorización de un “tratamiento de fertilidad asistida de alta complejidad”.

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El 1 de septiembre comenzará a regir un nuevo circuito administrativo para todas las áreas que realizan solicitudes de bienes y servicios a la Administración, en procura de mejorar la celeridad y eficacia, manteniendo la transparencia de los procedimientos. La mejora surgió a partir del proceso de planificación estratégica del Poder Judicial.

Con el objetivo de informar sobre los cambios, integrantes de la Administración General, con apoyo del Centro de Planificación Estratégica, brindaron capacitaciones a integrantes de juzgados, Oficina Judicial, Gestión Humana, Secretaría de Gestión y Acceso a Justicia y Cuerpo de Investigación Forense.

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La Provincia de Río Negro deberá indemnizar a los padres de una adolescente con la suma de $515.360 en concepto de capital, con más los intereses que se devenguen desde la mora hasta su efectivo pago por los daños y perjuicios sufridos cuando realizaba practicas de esquí en el Cerro Catedral, actividad auspiciada por el Consejo Provincial de Educación. En la ocasión y mientras la chica hacía un descenso, se cayó e intentó pararse y como la fijación que sostiene al esquí , no se soltó, se produjo la fractura de su rodilla derecha. Todo el equipo fue proveído por el Consejo. La nena debió usar una férula, tuvo su pierna inmovilizada , valiéndose de una silla de ruedas para desplazarse. En la demanda, se puso de relieve que los tratamientos, prácticas y dolores , cambiaron su vida y su realidad. El fallo se hace extensivo a Horizonte Compañía Argentina de Seguros y ocurrió en el mes de Setiembre de 2013 en el cerro Catedral. La indemnización contempla el daño patrimonial, moral y gastos ocasionados. Cabe señalar y de acuerdos a los informes periciales, que la menor, a partir de este episodio, padece una incapacidad parcial y permanente del 20% que le impide realizar las actividades físicas que llevaba a cabo con anterioridad al accidente.

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La Corte Suprema de Justicia rechazó una queja por denegación del recurso extraordinario federal y en consecuencia quedó firme una sentencia de cuatro años de prisión por un caso de abuso sexual. La identidad del condenado no se consigna aquí para preservar a la víctima que es menor.

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El Tribunal Electoral Provincial (TEP) rechazó un planteo realizado por el partido “Incluyendo Bariloche”, que solicitó por “excepción” se lo deje participar de las elecciones municipales previstas para el 1 de septiembre, a pesar de estar concluidos los plazos de presentación de listas.

El TEP ratificó una decisión anterior de la Junta Electoral Municipal en el mismo sentido.

Oportunamente, la Junta Electoral Municipal, el TEP y el STJ, en sucesivas apelaciones, habían rechazado la conformación de una alianza entre dos partidos que llevaba una lista de candidatos. Mientras tanto, continuó el cronograma electoral dispuesto, clausurándose etapas sucesivas.

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Esta semana se desarrollaron las primeras audiencias penales por videoconferencia en San Antonio, luego de la inauguración de la Subdelegación de la Oficina Judicial en la ciudad.

Ayer se realizó una videoconferencia dirigida por el juez Favio Corvalan. El Ministerio Público Fiscal estuvo representado por Mariela Coy y la Defensa por Carlos Dvorzak, quien se encontraba en Viedma por lo que se utilizó la tecnología disponible para el enlace audiovisual remoto.

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Se realizará en Viedma un Curso sobre “Responsabilidad y cuidados parentales: escuchar a niñas, niños y adolescentes en el proceso de familia. Puntos de Encuentro Familiar”, organizado por la Escuela de Capacitación Judicial.

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La resolución de un amparo por parte de la jueza de Familia de Bariloche Marcela Trillini, habilita la posibilidad de acompañamiento de maestro o maestra de apoyo a la inclusión (MAI) a una adolescente que cursa sus estudios en el nivel medio. La Jueza de Amparo y en resguardo de una niña que presenta diagnóstico que requiere de la necesaria e indispensable presencia de un o una docente que acompañe su proceso de aprendizaje, ordenó al Ministerio de Educación y Derechos Humanos de Río Negro designe maestra o maestro de Apoyo a la Inclusión para el acompañamiento de la niña en su asistencia a los establecimientos escolares a los que concurre.

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