Con el voto rector de la jueza Liliana Piccinini y las adhesiones de sus pares Sergio Barotto y Enrique Mansilla, el Superior Tribunal de Justicia confirmó las condenas de prisión perpetua dictadas contra dos hombres por el asesinato del comerciante de Allen Mario Enrique Maurizio, ocurrido en abril de 2016.
En noviembre de 2017 la Cámara Criminal Primera de Roca condenó a Nicolás Enrique Soto y a Rubén Ariel Acuña a la pena máxima como coautores del delito de “homicidio doblemente calificado por ser criminis causa y por alevosía”. Contra aquella decisión presentaron casación sus respectivos Defensores Públicos, recursos que fueron ahora rechazados por el máximo tribunal provincial.
En cumplimiento de una sentencia de amparo dictada por una jueza de Roca, Salud Pública deberá adoptar “en forma concreta, efectiva y eficaz todas las medidas necesarias, coordinadas, idóneas y razonables” para que una mujer de 67 años pueda someterse a una cirugía para la extracción de un tumor cerebral. La titular del Juzgado Civil y Comercial N° 3, Andrea de la Iglesia, dispuso que se deberá “acreditar fehacientemente el cumplimiento de lo aquí resuelto en el término de tres días hábiles y bajo apercibimiento de imponérsele astreintes en la suma de $ 30.000 por cada día de retardo”.
El Superior Tribunal de Justicia denegó los recursos extraordinarios federales intentados por los defensores de los dos hombres condenados a prisión perpetua por los delitos ocurridos en Viedma en 2014, de los que resultó víctima fatal la niña Karen Álvarez.
En representación del imputado Pablo Guillermo Jofré la defensa pública intentó llevar el caso ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación alegando, entre otros agravios, una “violación de garantías constitucionales, pues se aceptaron como válidas pruebas que debieron declararse nulas”.
El Poder Judicial de la provincia de Río Negro convoca a concurso público de títulos, antecedentes y oposición para dos cargos del área de Administración General.
El primer cargo es de Director de Administración Financiera y Modernización, equiparado salarialmente a Jefe de Departamento con asiento en la ciudad de Viedma y con dependencia funcional y jerárquica de la Administración General del Poder Judicial de Río Negro, según lo establecido en la Resolución N°109/18 Pte.STJ.
El Juez Leguizamón Pondal hizo lugar a un acuerdo pleno de juicio abreviado y condenó a un año de prisión en suspenso a Julio César Pallaleu, argentino, jornalero, como autor material y penalmente responsable de Lesiones Graves en perjuicio de Félix Omar Macedo.
La Fiscal Betiana Cendón en audiencia oral y pública, hizo saber que estas actuaciones tuvieron origen en el sistema anterior y ha sido reconvertida al nuevo Código de Procedimientos. El hecho ocurrió el 7 de Mayo de 2016 a las 19 horas en la vía pública, en inmediaciones de la calle "Las Estrellas" del Barrio "Nueva Jamaica". En la ocasión y en el marco de una discusión, Pallaleu esgrimió un cuchillo tipo carnicero y con el mismo provocó un corte en la persona de Félix Omar Macedo en la zona abdominal. Ambos hombres son vecinos del barrio mencionado. Las lesiones provocadas fueron caracterizadas como graves, toda vez que Macedo sufrió lesiones en la zona umbilical, en la zona epigástrica y en el intestino delgado, por ello estuvo internado en el hospital zonal, donde fue intervenido.
El Juez de Garantías Juan Martín Arroyo tuvo formulado cargos por Usurpación realizados por la Fiscal Silvia Paolini y otorgó a la cuatro meses para completar la investigación preliminar. La defensa argumentó la extrema situación económica de sus representados.
La formulación de cargos realizada por la fiscal Silvia Paolini imputó a tres personas, dos hombres y una mujer, haber ingresado el pasado 18 de Marzo, en forma clandestina a un lote de la Manzana 287 del barrio 2 de Abril , ubicado en el margen Norte de la ruta 40 y margen Este de la calle Sargento Espinoza. Las tres personas, luego de ingresar, procedieron a limpiar el terreno, clavaron postes y comenzaron a construir una vivienda precaria. El lote en cuestión es propiedad del Instituto de Tierras y Viviendas de la municipalidad de Bariloche, quien formuló la denuncia.
El Ministro de Justicia y Derechos Humanos Germán Garavano asistirá al acto.
El Foro Patagónico de Superiores Tribunales presentará el próximo 4 de abril a las 12,30 horas en instalaciones del hotel "Alma del Lago" de Bariloche el sistema informático integrado, que permitirá acceder on line a una base de datos oficial y actualizada con las órdenes de captura dictadas por todos los tribunales del sur del país.
El Superior Tribunal de Justicia resolvió, por mayoría, declarar la nulidad de la adjudicación municipal para la explotación del cámping del Río Azul en El Bolsón. El cuestionado proceso de licitación se realizó en el año 2013 y desde entonces las partes han impulsado diversas acciones y recursos en sentidos contrapuestos, que terminaron por dirimirse en los últimos días ante el máximo tribunal de la provincia.
El STJ, con acuerdo de los jueces Adriana Zaratiegui, Liliana Piccinini, Sergio Barotto y Ricardo Apcarian -y disidencia del juez Enrique Mansilla- decidió “hacer lugar al recurso de apelación” interpuesto por uno de los oferentes que resultaron vencidos en el proceso de adjudicación y quien, a su vez, venía renovando hasta entonces de manera reglamentaria la explotación del mencionado camping desde el año 2003.
El Superior Tribunal de Justicia declaró “inadmisible” el recurso extraordinario federal que interpuso la defensa del ex juez de Viedma Juan Bernardi. Con ese recurso se pretendía cuestionar ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación la sentencia del STJ que rechazó la casación formulada contra la destitución que, en septiembre de 2016, había dispuesto el Consejo de la Magistratura.
Con voto rector del juez Sergio Barotto y adhesión de las juezas Adriana Zaratiegui y Liliana Piccinini, el tribunal provincial declaró que el nuevo escrito “no ha logrado demostrar la existencia de cuestión federal suficiente ni la arbitrariedad de la sentencia que permitan habilitar la instancia extraordinaria ante el máximo Tribunal de la Nación, por lo que corresponde declarar inadmisible el recurso”.
La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería de Cipolletti, en un proceso por daños y perjuicios, convalidó la indemnización fijada en primera instancia en favor de una pasajera. La sentencia aún no se considera firme porque las partes pueden apelar con un recurso ante el Superior Tribunal de Justicia (STJ).
Surge del fallo de primera instancia que la empresa de transporte de pasajeros Ko-Ko S.R.L, su chofer, el conductor de un automóvil particular y dos compañías de seguro deberán afrontar una condena por daños y perjuicios que se originó en el reclamo judicial de una pasajera.