Sep 09, 2024 Última actualización 12:03 PM, Mar 9, 2023

El Consejo de la Magistratura designó por unanimidad hoy a Pablo Barrera en el cargo de Defensor Adjunto para el Centro de Atención de la Defensa Pública de Viedma. Barrera actualmente se desempeña como Secretario del Juzgado de Paz de la capital provincial.

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Por Resolución 967 de este año, la presidencia del STJ resolvió la cobertura de los servicios y funcionamiento de los juzgados de los diferentes fueros durante el mes de enero.

En el caso del Superior Tribunal de Justicia, el presidente Ricardo Apcarián cumplirá funciones durante todo el mes y siempre habrá un segundo miembro del STJ en funciones.

Las Secretarias del STJ, el Consejo de la Magistratura, las áreas de Administración, Gerencia de Gestión Humana, el Centro de Documentación Jurídica, Archivo, Cejume, Contaduría, Comunicación, Informatización de la Gestión Judicial, Auditoría, Oficina de Notificaciones, Cuerpo de Investigación Forense, Mantenimiento y CIO propusieorn también sistemas de turnos para brindar el servicio y a la vez cumplir con el receso estival estipulado.

El área de Infraestructura y Arquitectura, en cambio, tendrá un fuerte accionar durante la feria estival ya que se prevé el inicio de la construcción del Complejo Judicial de Villa Regina, la continuidad de las obras en el edificio Pilmayquén de Bariloche, las refacciones integrales a la sede central del Poder Judicial en Viedma, entre otras obras de envergadura en la provincia que se pueden desarrollar con mayor celeridad cuando la cantidad de trabajadores disminuye.

Juzgados

En la Primera Circunscripción Judicial, con cabecera en Viedma, se dispuso una organización que permita cubrir el servicio.

El fuero penal, por su dinámica, continúa en actividad. Se dispuso que los jueces de garantías Juan Martín Brussino Kain y Adrián Dvorzak cumplan funciones durante toda la Feria estival. Mientras que los magistrados Marcelo Chironi y Favio Corbalán cumplirán tareas en la primera y segunda quincena, respectivamente.

La Oficina Judicial cubrirá la totalidad de la feria con una organización de funcionarios y empleados.

La Cámara Laboral estará a cargo del juez Rolando Gaitán la primera quincena y del magistrado Carlos Valverde la segunda. La Cámara Civil dividirá en prestaciones de diez días a sus tres jueces: primera decena la Dra. Sandra Filipuzzi, luego Ariel Gallinger y finalmente la jueza María Luján Ignazi.

En los juzgados civiles, la Dra. María Gabriela Tamarit cumplirá funciones durante la primera quincena y el juez Leandro Loyola, en la segunda. Lo propio harán en los Juzgados de Familia María Laura Dumpé y Carolina Scoccia.

En San Antonio Oeste, la jueza Vanessa Kozaczuk cumplirá funciones desde el 7 al 31 de enero.

En la Resolución también se estipuló que “el horario a cumplir durante el receso estival del año 2018 es de 07.30 a 13.30 horas”.

 

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El Tribunal conformado por los jueces Ignacio Gandolfi, Favio Corvalán y Adrián Miguel Dvorzak, impuso una pena de 12 años de prisión a un hombre por el delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por la convivencia preexistente. La víctima es una niña hija de la pareja del condenado.

La imposición de la pena se conoció hoy. La semana pasada el imputado ya había sido declarado culpable. El tribunal tuvo por acreditado tenemos con certeza la teoría del caso sostenida por la acusación, que fue llevada adelante por los representantes del Ministerio Público Fiscal, Juan Pedro Puntel y Mariana Giamonna. En representación de la querella, que adhirió a lo sostenido por la Fiscalía, actuó Favio Martin Igoldi.

El voto rector pertenece al juez Ignacio Gandolfi, y la resolución fue adoptada por unanimidad.

Para el juez, “la Acusación ha acreditado las proposiciones fácticas de su teoría del caso, teniendo por demostrado el hecho investigado y la intervención del imputado en éste en calidad de autor, conforme a la calificación legal escogida por el Ministerio Público Fiscal”.

Para los magistrados quedaron demostrados los abusos cometidos cuando la niña aún estaba en edad de cursar la primaria, en reiteradas ocasiones. Los hechos fueron relatados por la víctima en su entrevista en Cámara Gesell.

El acusado, de poco más de 30 años, mantenía una situación de guarda con la víctima, ya que estaba en pareja conviviente con la mamá de la niña. Las situaciones de abuso se reiteraron durante un año aproximadamente.

El fallo también consideró relevante el relato de las amigas de la víctima, también en Cámara Gesell, el testimonio de psicólogos y exámenes médicos.

Además, declararon personas del entorno: “estos testimonios resultan afines, concordantes y ejecutivos para demostrar la existencia del hecho. Su contundencias permiten reconstruir el hecho que se atribuye a título de delito consumado como así identificar a su autor”, dice el fallo.

“Entiendo, que el análisis experto a través de los test de credibilidad del relato de la menor en Cámara Gesell es una herramienta de suma utilidad, ya que permite valorar la fiabilidad científica de la declaración, ello porque evalúa si el relato aportado por la víctima cumple -o no- con criterios preestablecidos de credibilidad”, remarca.

Los jueces tuvieron en cuenta que “el inciso “f” de la misma norma dispone que la pena se agrava cuando el hecho fuere cometido contra un menor aprovechándose de la situación de convivencia preexistente con el mismo”, situación que quedó probada.

En cuanto al monto de la pena, “las características de los hechos consumados, el modo en que se cometieron, de forma crónica no violenta, sigilosa, en horas de la noche y madrugadas, sostenidas en el tiempo, con una clara estrategia de impunidad y actitudes amenazantes para con la víctima; las consecuencias inconmensurables que una agresión sexual puedan llegar a causar en la víctima,

hacen razonable y proporcional la pena que se impone; los hechos cometidos por el imputado demuestran un notable desprecio, ofensa y degradación hacia la menor mujer, por su condición de tal, además hijastra del mismo”.

 

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El Superior Tribunal de Justicia (STJ) rechazó un recurso de la defensa y confirmó la sentencia que condenó a prisión perpetua a Carlos Andrés Carrasco por el homicidio de Juan Antonio Martínez Parra, ocurrido en Fernández Oro.

Carrasco fue juzgado  por el homicidio de Juan Antonio Martínez Parra ocurrido entre el 30 de septiembre y el 3 de octubre de 2015 en la casa 13 de la calle Lucinda Larrosa N° 432 de la localidad de  Fernández Oro. Según la acusación el imputado ingresó al domicilio de la víctima y con la finalidad de robarle agredió a Martínez Parra mediante dos golpes en la cabeza con un martillo. Posteriormente le asestó varias puñaladas en el tórax y abdomen con un cuchillo de grandes dimensiones, heridas que provocaron el deceso.

Seguidamente, lo desapoderó de cuatro certificados de plazo fijo y el DNI tendiente al cobro bancario del dinero que la víctima tenía en su haber. Consumada la muerte, a fin de ocultar su accionar y procurar su impunidad, dado que Carrasco alquilaba una habitación en el predio del domicilio particular de la víctima, seccionó y mutiló las extremidades del cuerpo y escondió las mismas entre la medianera del domicilio y medianera del predio adyacente, como así también, en la letrina del lugar.

El 5 de junio de 2017 la Cámara Primera en lo Criminal de Cipolletti condenó a Carrasco a la pena de prisión perpetua por el delito de homicidio doblemente agravado por alevosía y criminis causa y robo, en concurso real.

El abogado particular del condenado interpuso un recurso de casación que fue considerado inadmisible. Entonces presentó una queja, recientemente rechazada por los jueces del STJ.

Dice el fallo del STJ:

“La ausencia de razonamiento para controvertir la motivación de la sentencia en crisis determina la desestimación de los planteos, pues 'aun en la amplitud del recurso de casación como garantía de la doble instancia, este Tribunal no tiene por función sustituir a los jueces de sentencia, sino controlar su racionalidad de tal modo que la instancia de casación no es un nuevo juicio, sino el control por un tribunal superior de lo resuelto por otro a quo. Además, el planteo de nulidad referido a cuestiones de la etapa de instrucción debió realizarse oportunamente, por lo que deviene extemporáneo. En cuanto a la petición de junta médica, carece de trascendencia, pues la defensa no controvirtió la imputabilidad del encartado establecida por el sentenciante en función de la fórmula mixta y sobre la base de la necesaria determinación de causas biológicas o psiquiátricas y las circunstancias anteriores, concomitantes y posteriores, puesto que la imputabilidad es un juicio normativo realizado por el juez de lo que es jurídicamente exigible, incluso en presencia de la enfermedad propia de la ciencia médica. Por ello es que el magistrado no se encuentra vinculado a los peritajes respectivos, sus diagnósticos y conclusiones, sino que puede apartarse de ellos, siempre que exponga sus motivos. Tampoco dijo nada el recurrente -más allá de su discrepancia subjetiva- contra la motivación por la cual se decidió incorporar por lectura el testimonio de C, lo que, por cierto, se realizó de conformidad con la doctrina legal y cumpliendo con el debido proceso legal y la defensa en juicio”.

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La jueza de Paz de Catriel Georgina Garro dictó una medida de prohibición de acercamiento con el objetivo de proteger a una mujer y a sus hijos menores a raíz de una situación de violencia familiar que tuvo como protagonista al padre de esos niños. 

La prohibición de acercamiento tenía vigencia desde el 16 de agosto y luego fue confirmada por el Juzgado de Familia N°7 de Cipolletti. 

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El Consejo de la Magistratura eligió por como jueces del flamante Tribunal de Impugnación, cuya conformación es establecida por la Ley 5020 de Reforma Procesal Penal, a Miguel Cardella, Rita Custet Llambí, Adrián Zimmermann y Mario Altuna. Los dos primeros fueron elegidos por unanimidad y los últimos por mayoría.  

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El juez de Garantías de Choele Choel Roberto Gaviña definió para el día 25 de enero de 2018, a las 9 horas, el comienzo de ejecución de las medidas de vaciamiento de jagüel ubicado en el establecimiento rural “La Manuela”, en el marco del legajo "Actuaciones complementarias - Causa 19227/11 Solano, Daniel s/ desaparición forzada de persona". 

Para tal fin el juez decretó el "levantamiento de la feria judicial" habilitando días y horas para la realización de los trabajos de vaciamiento. A cargo del fiscal del caso, Daniel Zornitta, quedó la tarea de efectuar las convocatorias y previsiones necesarias para la materialización de la inspección. 

En cuanto al costo económico que demandará la medida de vaciamiento, solicitada y concedida específicamente a la parte querellante de la causa, el juez Gaviña dejó constancia que: "En virtud de la existencia de fondos denunciados por representantes del Poder Ejecutivo Provincial en comunicación escrita a este Juzgado de Garantías, téngase presente el mismo y remítase a Fiscalía para su agregación en Legajo". Por otra parte, y "en virtud del acuerdo arribado por representantes de la querella y el Ministerio de Educación y Derechos Humanos de Provincia de Río Negro", se dispuso que "no existen objeciones de parte de ése Tribunal para la liberación o pago del 50 % de anticipo de fondos acordados para dar inicio a las tareas de despliegue por la Empresa Perterser SRL para ejecutar la medida". 

La providencia dictada por Gaviña prevé también que "una vez ejecutadas las tareas de vaciamiento del jagüel por parte de la empresa Perterser SRL, se autoriza al señor Fiscal Dr. Daniel Zornitta a que certifique y emita constancia acreditando cumplimiento y/o finalización de tareas en favor de empresa (...) a los fines de presentarse ante el Ministerio de Educación y Derechos Humanos para la cancelación del restante 50 % de saldo". 

Por último, el juez aceptó la designación de dos expertas propuestas por los querellantes y citó para aceptar el cargo a las peritos de parte, una Licenciada en Antropología y una Antropóloga Forense, "ante la eventualidad de encontrar alguna evidencia de interés a las partes en la medida de vaciamiento de jagüel". 

Las defensas, por su parte, había ofrecido oportunamente la participación de veedores propios durante la ejecución de la medida, a lo cual también se hizo lugar, disponiéndose su designación por ante a Fiscalía. 


Audiencia preliminar 

Por otra parte se realizó esta mañana en Roca una audiencia preliminar para definir aspectos de ordenamiento y control de prueba de cara al juicio oral y público que comenzará en febrero, el cual tendrá a siete efectivos policiales imputados con distinto grado de participación en los delitos investigados. 

El juicio se desarrollará bajo las pautas del anterior Código Procesal Penal, por tratarse de una causa "de transición" y estará a cargo de la ex Cámara Criminal Segunda de Roca. 

En la audiencia de hoy el juez de juicio Gastón Martín informó a la Fiscal Teresa Giuffrida, al abogado por la Querella Leandro Aparicio y a los defensores particulares que se hicieron presentes, Oscar Pineda y Pablo Iribarren, que el comienzo del juicio está previsto a partir del 20 de febrero próximo y que tendrá una frecuencia de dos audiencias semanales (los días martes y jueves), tanto por la mañana como por la tarde, estimándose la recepción de unas 10 declaraciones testimoniales por día. Estas previsiones, según se aclaró, están sujetas a eventuales modificaciones en función de necesidades del servicio de Justicia que atañen tanto a los jueces como a los funcionarios del Ministerio Público y a los abogados particulares que participan del caso. 

Por otra parte, el presidente del Tribunal de juicio recibió y transmitió al organismo correspondiente el pedido de todas las partes para que el juicio sea íntegramente registrado en audio y video mediante los sistemas propios del Poder Judicial. 

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En audiencia oral y pública el Juez de Garantías Juan Martín Arroyo tuvo por formulado cargos en relación a un vecino de Bariloche por "Lesiones Calificadas por el vínculo en contexto de violencia de género y amenazas".

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El Consejo de la Magistratura eligió por unanimidad como jueces de juicio de la primera circunscripción a Carlos Mussi (actualmente Juez de Garantías) y Marcelo Alvarez (hoy Fiscal General).
Presidió el Consejo de la Magistratura el titular del STJ, Ricardo Apcarián. Votaron los legisladores Facundo López, Adrián Casadei, Nicolás Rochás, los representantes del Colegio  de Abogados Carlos Dvorzak, Sergio Ceci y Cirilo Bustamante. Por la Judicatura, además de Ricardo Apcarian, votó el presidente del Foro de Jueces, Guillermo Bustamante.
Todos los postulantes superaron los 70 puntos requeridos para ser elegidos.  Mussi y Alvarez fueron, además, los mayores puntajes.

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La Cámara Civil de Apelaciones de Viedma dispuso fuertes parámetros de protección para una mujer, su hijo de 4 años y su bebé en gestación, en el marco de una causa por Ley 3040 de Violencia Familiar, tras corroborar que la denunciante "tiene naturalizado" el maltrato.

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