Sep 10, 2024 Última actualización 12:03 PM, Mar 9, 2023
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El Superior Tribunal de Justicia y la Procuración dispusieron “el retorno al trabajo presencial de los y las agentes que se encuentran dispensadas, hayan o no completado el esquema de vacunación”, a excepción de quienes tengan inmunodeficiencias o sean pacientes oncologicos y trasplantados, en consonancia con la Resolucion 627 del Ministerio de Salud de la Nación. También estarán exceptuadas las personas gestantes.

La decisión incluye “mantener la atención al publico de modo presencial en días hábiles de 07:30 a 13.30 horas”.

“El personal cumple su jornada laboral de modo presencial incluido el contraturno, de acuerdo a las necesidades del servicio y a las prescripciones del protocolo de salubridad vigente. A dichos efectos los titulares de organismos deben convocar la máxima cantidad de personal a su cargo posible según la aplicación del Protocolo de Salubridad Emergencia Sanitaria COVID-19 de acuerdo a los espacios físicos asignados”, se dispone.

Luego, agrega que “cuando por motivos fundados un agente no pueda ser convocado a realizar tareas en forma presencial, queda a disposición para desarrollar tareas mediante teletrabajo, ello en los horarios que conforme a reglamento le corresponde, incluido el contraturno”.

La Resolución incluye la totalidad del protocolo de Higiene y Seguridad, con las medidas sanitarias necesarias para disminuir la posibilidad de contagio.

Antecedentes normativos

La Resolución toma como antecedentes dos medidas del Estado Nacional: una que convoca al retomo a la actividad laboral presencial de las y los trabajadores del sector privado que hubieran recibido al menos la primera dosis de cualquiera de las vacunas y una segunda que , extendió similares el retorno a la actividad laboral presencial para el Sector Publico Nacional, “estableciendo que quienes hayan optado por no inocularse, deben actuar de buena fe expresando los motives de su decisión y comprometiéndose a tomar los recaudos necesarios para evitar los perjuicios que su decisión pudiera ocasionar al normal desempeñó del equipo de trabajo al cual pertenece, debiendo ser convocados a la prestación presencial de labores”.

“En consecuencia lo anterior permite el establecimiento de pautas para el retorno a la actividad laboral presencial en contexto de pandemia de los y las agentes, con la debida observancia de las recomendaciones sanitarias en materia de prevención y control de la salud pública”, dice la Resolución.

 

 

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Con la declaración de los últimos siete testigos, finalizó hoy la etapa de producción de pruebas en el juicio por jurados que se realiza en Roca por la muerte de una niña de tres años en un campo cercano a Los Menucos.

Mañana el juicio ingresa en su etapa final: por la mañana, la fiscalía, la querella y las defensas de las dos personas imputadas expondrán sus alegatos de clausura; luego el juez profesional dará las instrucciones finales al jurado para la deliberación y finalmente, los 12 ciudadanos y ciudadanas que integran el tribunal popular pasarán a deliberar en una sesión secreta hasta alcanzar un veredicto.

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La conciliación laboral es una herramienta que procura que las partes resuelvan sus conflictos de manera rápida, acordada y sin necesidad de llegar a un juicio. Río Negro implementó un sistema de conciliación administrado entre el Poder Judicial y la Secretaría de Trabajo del Poder Ejecutivo. En lo que va del año se acordó el 30% de todos los conflictos ingresados. Los números son alentadores.

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Un trabajador municipal de Villa Regina que agredió física y verbalmente a una compañera de trabajo podrá ser despedido luego de que la Cámara Laboral Segunda de Roca le quitara la tutela sindical que impedía hacer efectiva la cesantía definida por el Municipio.

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El Consejo de la Magistratura habilitará las inscripciones para concursar el cargo de secretario o secretaria del Juzgado de Ejecución Penal N°10 de General Roca.

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La resolución de una medida cautelar del juzgado Multifueros de El Bolsón ordenó al Banco Hipotecario sucursal Neuquén abstenerse de realizar débitos de  cuotas de un préstamo que nunca fuera solicitado por su titular. La persona que requirió la medida advirtió que la entidad bancaria le otorgó y descontó un crédito que nunca requirió y que luego derivó por transferencia a otra persona cuyo domicilio es provincia de Buenos Aires.

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Un camionero murió camino a Conesa cuando un auto que se cruzó de carril lo embistió de frente. Un fallo civil ordenó ahora que se indemnice a la viuda y a los cuatro hijos del fallecido con un millón de pesos cada uno.

El infortunado camionero conducía un Scania por la ruta Nacional 251. Circulaba a velocidad reglamentaria, por su carril y en fiel cumplimiento con la normativa de transito vigente. A 20 kilómetros aproximadamente de la localidad de General Conesa un Ford Mondeo lo embiste en el tanque de nafta y rueda trasera, tras cruzarse de carril. El camión se fue a la banquina y volcó.

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Una trabajadora de Catriel consiguió una resolución favorable en el fuero del Trabajo de Cipolletti. Ella se desempeñó por un año en un comercio de alimentos, pero no le pagaban lo que correspondía por escala, no la registraron ni le hicieron aportes y la despidieron sin motivos.

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Este lunes comenzó en Roca el juicio por jurados por la muerte de una niña de tres años en Los Menucos. En la apertura, el juez técnico explicó las instrucciones al jurado popular, entre ellas las reglas básicas sobre la dinámica de la litigación y la forma en la que podrán ver, escuchar y analizar las declaraciones de los testigos y peritos que serán interrogados durante el proceso.

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