La Querella solicitó también la prisión preventiva del imputado. La petición no fue acompañada por la Fiscal y contó con la oposición de la Defensa. La jueza no hizo lugar.
La audiencia se inició con el pedido de la representación de la familia víctima, que dio cuenta de manera detallada de la prueba recolectada y enumeró los casos en que se han dictado condenas a pesar de la no aparición del cuerpo.
Al igual que la Fiscal, resaltó el contexto de violencia de género previo al hecho y dio cuenta de las testimoniales existentes.
“Entiendo que la cantidad de evidencia es suficiente para esta etapa de la investigación”, destacó la jueza Itziar Soly al aceptar la formulación de cargos. La magistrada recordó que durante el último año “personalmente he proveído un sinfín de medidas probatorias solicitadas por la Fiscalía, como allanamientos, algunos de ellos nocturnos, rastrillajes, entre otras”.
Además, brindó el plazo de cuatro meses para desarrollar la investigación, tal como fue solicitado por la Fiscalía y la Querella.
Respecto de la medida cautelar pedida exclusivamente por la querella, no hizo lugar: “entiendo que no se dan todos los requisitos que establece el Código Procesal Penal en su artículo 109 para imponer la prisión preventiva. En primer lugar porque durante las medidas de prueba solicitadas, entre ellas allanamientos nocturnos de los que participé, no se advirtió por parte del imputado ninguna conducta obstructiva de la investigación”. En este marco, la jueza recordó que la etapa de Formulación de Cargos es provisoria, a los fines de habilitar la investigación.
En cuanto al peligro de fuga, informó que durante el año que llevó la pesquisa no hubo ningún pedido ni observación de la Fiscalía sobre el particular que habilitara la sospecha de profugarse.
Sobre el peligro de entorpecimiento de la investigación, la magistrada recordó que no hubo actitudes de obstaculización y coincidió con la Defensa en cuanto a que las medidas probatorias más urgente se produjeron sin impedimentos, con la participación de las partes.
La jueza consultó a la Fiscalía y a la Querella si deseaban solicitar alguna medida restrictiva menos gravosa para el imputado. Ambas partes no requirieron otra disposición, con lo cual se cerró la audiencia.