Nov 19, 2024 Última actualización 12:03 PM, Mar 9, 2023

Bariloche: Juez de Juicio condenó a Félix Rodrigo Latorrez Ojeda a dos 2 años de prisión en suspenso y 5 de inhabilitación para conducir como autor de Homicidio Culposo.

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El Juez de Juicio Marcelo Barrutia homologó acuerdo pleno de juicio abreviado, arribado por la Fiscalía, la Querella y la Defensa y condenó a Félix Rodrigo Latorrez Ojeda , argentino, mayor de edad, empleado de comercio, a la pena de dos años de prisión en suspenso y cinco años de inhabilitación para conducir automotores, al considerarlo autor penal y materialmente responsable del delito de Homicidio Culposo agravado por conducir con imprudencia y negligencia. El hecho que concluyó con esta sentencia, ocurrió el 21 de Noviembre de 2011 entre las 23 hs y 23,15 hs en el Km. 2019 de la Ruta 40, cuando Latorrez Ojeda conduciendo su automóvil Volkswagen Suran, dominio FZV 571, embistió al joven Gabriel Sayus quien intentaba cruzar la ruta luego de haber descendido del colectivo urbano de la línea 71. El Juez Barrutia recordó que esta causa proviene del sistema procesal penal anterior y se readecúa al sistema vigente. Además de la pena e inhabilitación , se dispuso el cumplimiento de las pautas de conducta que preve el art. 27 bis del Código Penal de la Nación y se dio inmediata intervención al Juzgado de Ejecución. El Magistrado hizo saber a la parte querellante que de acuerdo a la normativa tiene la posibilidad de controlar la ejecución de la pena y también el cumplimiento de las pautas de conducta ordenadas.

Al comienzo de la audiencia, oral y pública, la Fiscal Betiana Cendón señaló en su alocución que efectivamente esta causa se tramitó con el sistema procesal anterior no obstante se ha tomado del nuevo paradigma la búsqueda y solución primaria del conflicto. En este sentido señaló que los familiares de la víctima y el imputado se han presentado en el Ministerio Público Fiscal y se ha arribado a este acuerdo que hoy se presenta , un juicio abreviado que se ha considerado apropiado. Recordó las circunstancias de tiempo, lugar y modo en el que sucedió este hecho el 21 de Noviembre de 2011 entre las 23 y 23,15 horas. En esa ocasión, el imputado conducía el automotor  mencionado, por el km 2019 de la ruta 40 en sentido Este a Oeste,  es decir desde Dina Huapi a Bariloche. Señaló que la conducción del automotor fue antirreglamentaria y negligente, y es así que embistió a Gabriel Federico Sayus, de 25 años de edad, quien estaba cruzando la ruta 40 en dirección Sur Norte, ya que acababa de bajar del colectivo línea 71. La colisión se produjo por la negligencia de Latorrez, quien debió aminorar la marcha y ello le hubiera permitido ver al muchacho y frenar o por lo menos esquivarlo, señaló Cendón. Es decir, se podría haber evitado, la muerte de Gabriel Sayuz. Se destacó que conducía a exceso de velocidad, -86 y 93 km por hora- cuando el máximo en esa zona es de 60 kilómetros por hora. Sayuz falleció por el impacto, al otro día, debido a las severas lesiones sufridas en el impacto.

Detalló los elementos de prueba que fueron reunidos a lo largo de la tramitación y reafirmó que si Latorrez hubiera conducido de manera responsable, viendo la detención de un colectivo en condiciones de nocturnidad, este hecho no hubiera sucedido de esta manera. "... Gabriel murió por la imprudencia y negligencia de Latorrez..." señaló la Fiscal. Por otro lado señaló que "Existen vastas pruebas de la materialidad del hecho y la autoría responsable. No hay dolo, estamos ante un caso en el que interviene la culpa, tenemos que responsabilizar, como ocurren a diario, las imprudencias, las negligencias o cualquier agente generador de culpa y debemos darle respuesta a una familia..." Al evaluar la pena solicitada, dijo que se requiere el mínimo legal, sustentado en la falta de antecedentes del hombre imputado, su disposición de estar siempre a derecho y  haber mantenido entrevistas con la familia de la víctima.

La Querella

El abogado Horacio Brucellaria, representante de los familiares del joven Gabriel Sayus , manifestó adherir en un todo con lo expuesto por la Dra. Cendón, en cuanto a la descripción del hecho, la plataforma fáctica y también la descripción de la  prueba. Además destacó que "...este hecho tiene una trascendencia gravísima, para una familia que ha quedado desmembrada, mas allá de la solución legal, y la imposición de una pena, no hay medida que exista para reparar un hecho de esta naturaleza. El dolor de la familia Sayuz no tiene reparación alguna posible...." destacó Brucellaria.

La Defensa y el imputado

El defensor particular Leonardo Triventi manifestó su conformidad total con el acuerdo arribado y el hombre imputado, Latorrez Ojeda,  al concedérsele la palabra, aceptó la autoría y participación penalmente responsable en este hecho que se le incriminó. Solicitó perdón a la familia, presente en la sala, por lo sucedido.

 

Comunicación Judicial

Tercera Circunscripción

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